Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 29 de Agosto de 2016, expediente CNT 024300/2012/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. nº CNT 24300/2012/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA.78780 AUTOS: “R.A., M.C.R.B.S.“ (JUZG. Nº 11).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 29 días del mes de agosto de 2016 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y EL DOCTOR E.N.A.G. dijo:

Contra la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda apelan ambas partes a fs. 281/281 (actora) y a fs. 283/285 (demandada) brindándose mutuamente las respectivas réplicas. A su vez, apela sus estipendios el perito contador por considerarlos reducidos. (fs. 286).

Ahora bien, el Sr. Juez de grado consideró válidos y congruentes los dichos de los testigos ofrecidos en la causa y, en consecuencia, tuvo por acreditada la existencia de pagos sin la debida registración. Cuestiona asimismo la quejosa que con base en la prueba testimonial se tuviera por acreditado los pagos fuera de registración así como también la estimación que en tal sentido efectuara el sentenciante de grado. Además, se queja de la condena a entregar los certificados de trabajo y servicios previsionales en forma ajustada al decisorio en crisis y del acogimiento de la indemnización del art. 45 de la Ley 25.345, de las multas de la Ley 24013 y de las diferencias salariales.

En primer lugar, la demandada sostiene en su tesis recursiva que los dichos de los testigos ofrecidos en la causa –G.R. y DOPAZO-no aportaron datos suficientes que contribuyeran a acreditar la responsabilidad imputada en torno a la existencia de pagos fuera de registración.

No comparto los argumentos vertidos por la apelante respecto a la adjetivación indicada a los dichos de los testigos. Digo esto porque de las declaraciones de los testigos citados por el a quo surge que, así como lo denuncia la actora en su escrito inaugural, existían irregularidades en la relación laboral respecto a la existencia de pagos fuera de registración. Nótese que en el análisis de la prueba testimonial, cuestionada únicamente en lo que se refiere a la testigo G.R. –ver fs.

190-determinadas circunstancias comunes a las relaciones laborales, como el juicio pendiente o la relación de dependencia respecto del ex empleador, no pueden nunca ser presupuesto del análisis de la credibilidad de los dichos del testigo sino, por el contrario, elementos a ser tenidos en cuenta como circunstancias que permiten analizar las inconsistencias de los dichos emitidos. La...

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