Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 2 de Agosto de 2021, expediente FPA 000285/2021/CA001

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 285/2021/CA1

Paraná, 02 de agosto de 2021.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ROCHAS, JUANA AURORA CONTRA

PAMI SOBRE AMPARO LEY 16.986”, expte. N° FPA 285/2021/CA1,

provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay; y CONSIDERANDO:

I-

  1. Que la actora ocurre a la jurisdicción y deduce acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) a fin de que se ordene a esta última que autorice y brinde la cobertura integral (100%) de internación domiciliaria con acompañante terapéutico 8 hs. al día y servicio de enfermería diaria; conforme fuera prescripto por su médico tratante en razón de la patología de “Demencia senil-

    Infartos-” que padece y por los fundamentos expuestos.

  2. La Sra. Juez a quo dicta sentencia en fecha 13/04/2021, haciendo lugar a la demanda incoada y ordena a la demandada otorgue a la amparista con carácter urgente y de manera gratuita e integral las prestaciones de internación domiciliaria con acompañante terapéutico 8

    horas diarias y enfermería diaria, de acuerdo a lo prescripto por el médico tratante, en razón de la patología de demencia senil e infartos que padece. Impone las costas a la demandada, regula honorarios y tiene presente las reservas del caso federal efectuadas.

  3. Contra dicha decisión, la demandada interpone y funda recurso de apelación en fecha 06/05/2021, que fue concedido el 10/05/2021 y quedan los presentes en estado de resolver el 02/07/2021.

    Fecha de firma: 02/08/2021

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

    II- Que, la demandada se agravia del fallo dictado,

    por entender que el mismo resulta arbitrario e incongruente, sin valorar las circunstancias relatadas por su parte al contestar el informe solicitado ni las probanzas de la causa. Expone que un diagnóstico de A., demencia senil y anemia crónica requiere la presentación de historia clínica, sin que ninguno de los mismos impliquen rehabilitación o necesiten abordaje para transitar en su domicilio la recuperación. Impugna la imposición de costas e interesa se revoque la sentencia dictada, con costas.

    III-

  4. Que, en primer término, corresponde señalar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido en repetidas oportunidades que los jueces no están obligados a analizar todos los argumentos articulados por las partes, sino únicamente aquéllos que a su juicio resulten...

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