Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 28 de Octubre de 2022, expediente CIV 013313/2021/CA002

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

13313/2021

R, S, C, c/ G, G, J, s/ALIMENTOS: MODIFICACION

Buenos Aires, de octubre de 2022.- M/JMB

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Estos autos para resolver los recursos de apelación interpuestos por el

demandado y por el Sr. Defensor de Menores de la anterior instancia contra el

pronunciamiento del día 18 de abril de 2022 por medio del cual se hizo lugar al

aumento de la cuota alimentaria a favor del hijo de las partes, de actualmente 13

años, fijándola en $30.000 por mes con un incremento acumulativo del 20% en

octubre y en abril de cada año, retroactivo a la mediación. Estableció un interés

del 8% anual para aplicar a los alimentos devengados durante el juicio hasta la

sentencia y luego la tasa activa. El memorial fue presentado el 5/5/2022,

contestado el 12/5/2022. La Sra. Defensora de Menores de Cámara mantuvo el

recurso y lo fundó el día 6/10/2022, cuyo traslado no fue contestado.

  1. En el expediente conexo N° 47.751/2012 las partes acordaron

    oportunamente un régimen de comunicación por el que el padre retiraba al niño

    fin de semana por medio y una cuota alimentaria de $1.000 por mes.

    Al iniciar estos actuados la actora solicitó se fije una nueva cuota que

    estimó en $40.000 atento que los aportes del padre ($6.500 hasta diciembre de

    2020 y $8.500 en enero de 2021) le resultan insuficientes para sufragar los gastos

    del hijo. Expuso que el progenitor trabaja como vendedor en la Pescadería Mar

    Argentino, en Quilmes Oeste, y realiza ventas de pescado por su cuenta, que ella

    es docente, licenciada en psicología y psicopedagogía y que trabaja jornada

    completa en el G.C.B.A. Informó que su estado físico es vulnerable, que padece

    diabetes tipo 2, hipertensión, inmunodeficiencia y trastorno metabólico. Relató

    que el niño está bajo su cuidado o el de su madre y que el padre lo retira en forma

    irregular los fines de semana. Liquidó los gastos en marzo de 2021 en $81.882

    entre los que incluyó el alquiler de la vivienda ($7.000), la obra social ($6.741),

    maestra particular ($7.800), inglés ($8.400), fútbol ($1.500), cuota computadora

    ($6.000), vestimenta ($6.000), alimentos ($12.000) entre otros.

    Al contestar, el alimentante manifestó que trabaja repartiendo mercadería

    de la pescadería de un amigo y que gana entre $30.000 y $40.000 mensuales, que

    Fecha de firma: 28/10/2022

    Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    es monotributista categoría C y que es titular de un Eco Sport Modelo 2012 que

    adquirió con ayuda de su padre y de su hermana para tener un ingreso. Expuso

    que pagaba $9.000 de alimentos. Impugnó la liquidación por excesiva y pidió la

    fijación de la cuota conforme al caudal económico de cada uno de los padres.

    El día 28/5/2021 se fijaron alimentos provisorios por $17.000.

    El día 18 de abril de 2022 se dictó sentencia que fijó la cuota definitiva en

    $30.000 en los términos ya...

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