Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 13 de Octubre de 2017, expediente CIV 036459/2014

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 36459/2014 RIZZO, J.L. s/SUCESION TESTAMENTARIA Buenos Aires, de octubre de 2017 fs.110 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la incidentista Dra. K.A.T., presentada a fs. 65/66, contra la resolución de fs. 67/68, mediante la cual se rechazó su intervención en autos como letrada designada por la causante para la tramitación de los presentes autos.

    El memorial presentado a fs. 98/99, fue contestado a fs. 103/106. Se quejó por cuanto al rechazar su intervención en autos se habría desconocido la voluntad de la testadora en cuanto a que sea la incidentista la letrada que debía tramitar el sucesorio.

  2. El testamento es un acto jurídico de disposición de todos o parte de los bienes de una persona para después de la muerte que también puede tener disposiciones extrapatrimoniales. Entre ellas se encuentran las que prevén leyes especiales, tales como por ejemplo el art. 19 de la ley 24.193 o los arts. 248, inc.3, 383, 479, 3473, 3827 del Civil, sólo para citar algunos casos, o bien sobre cuestiones personalísimas del testador tales como el destino de su cuerpo (si desea ser inhumado o sepultado), o de ciertos bienes personales como correspondencia, títulos, condecoraciones.

    Sin embargo no toda disposición testamentaria importa una manda testamentaria. Como se refiere correctamente en la decisión recurrida, importan cumplimiento del testamento sólo aquellas diligencias o actos que no impongan al o los herederos, en Fecha de firma: 13/10/2017 Alta en sistema: 17/10/2017 Firmado por: M.A. DE LOS SANTOS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.D.D.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #20999638#189830428#20171012135139782 caso de existir, una restricción, mengua o desnaturalización de la gestión hereditaria que les compete (conf. Z.E.S.-, Derecho Civil, Derecho de las Sucesiones, T-.2, Editorial Astrea, 2008, pág. 651).

  3. En el caso, como la propia recurrente lo reconoce -por lo...

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