Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 10 de Noviembre de 2010, expediente Rc 108460

PresidentePettigiani-de Lázzari-Soria-Hitters
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2010
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 108.460"R.C.P. y otro contra Servicio Penitenciario y Provincia de Buenos Aires. Daños y perjuicios. Recurso de queja".

//Plata, 10 de noviembre de 2010.

AUTOS Y VISTO:

  1. El plazo para la interposición del recurso extraordinario federal se cumple a los diez días de notificada (personalmente o por cédula) la sentencia definitiva, debiéndose computar el mismo conforme las normas establecidas por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (cfr. C.S.J.N., "Fallos", 160:78, 307:2061, 308:2423, 311:1242, 316:2497, 317:1354, entre otros), no resultando aplicable por ende el art. 124 del Código procesal local (cfr. causas Ac. 99.607, resol. del 13-VIII-2008; C. 94.208, resol. del 4-III-2009).

En elsub lite, de acuerdo con lo que surge de la cédula de notificación obrante a fs. 481 y cargo de fs. 496 vta., la pieza procesal de fs. 483/496, ha sido presentada fuera de término (arts. 124, 155, 156 y 257, C.P.C.C.N.).

Por consiguiente, y teniendo en cuenta que es un término fatal y perentorio (art. 156, C.P.C.C.N.; cfr. C.S.J.N., "Fallos", 114:209, 160:78, 307:2061, 326:3571, 327:5233, 328:3737, 329:6072, 330:1094), el recurso interpuesto debe ser rechazado.

POR ELLO,se desestima por extemporáneo el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR