Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 22 de Octubre de 2020, expediente CSS 085182/2010/CA001

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2020
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de la Seguridad Social EXPEDIENTE NRO: 85182/2010

AUTOS: “R.H. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la demandada, contra la sentencia dictada por el Tribunal, y CONSIDERANDO:

Que, en lo atinente al ajuste ordenado para la Prestación Básica Universal de acuerdo a los parámetros expuestos por la CSJN, al fallar el 11/08/2009, en autos “E.A.J. c/ ANSeS s/reajustes varios”; encontrándose en juego la interpretación de las normas aplicables a la determinación del haber inicial y/o sus límites y, asimismo, los alcances de un principio de rango constitucional como lo es la movilidad de las jubilaciones y pensiones -art. 14 bis de la Constitución Nacional -, siendo lo resuelto contrario a las pretensiones del apelante, estímese procedente la concesión del remedio en los términos del art. 14 de la ley 48.

Que a mayor abundamiento cabe agregar, que la doctrina de la arbitrariedad no se propone convertir a la Corte Suprema en un tercer tribunal de las instancias ordinarias, ni corregir fallos que se reputen equivocados, sino que tiende a cubrir casos de carácter excepcional en los que las deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impiden considerar al decisorio como la sentencia “fundada en ley” a que aluden los arts. 17 y 18 de la Ley Suprema (Fallos 326:613). En el caso, la recurrente se limita a discrepar con los fundamentos esgrimidos en la sentencia, sin demostrar la causal de arbitrariedad que habilitaría la apertura del recurso pretendido.

Que, finalmente, no se dan los supuestos de gravedad institucional que habiliten la apertura de la instancia...

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