Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 3 de Agosto de 2018, expediente FRO 049037/2016/CA001

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación Civil/Int. Rosario, 3 de agosto de 2018.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO 49037/2016 caratulado “RITCHA CALIPUSAN, C. s/ Solicitud Carta de Ciudadanía” (del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Santa Fe), Vienen los autos a estudio a fin de resolver la aclaratoria y revocatoria in extremis interpuesta por el Dr. C.D.R.P. (fs. 184/194) contra el Acuerdo de esta Sala del 27/04/2018, mediante el cual se resolvió rechazar los recursos de apelación interpuestos por el Dr. C.D.R.P.; y se dispuso que a los fines de reencausar el trámite de solicitud de Carta de Ciudadanía formulado por C.R.C., deberá estarse a la adecuación del procedimiento según lo enunciado en los Considerando 5º al 9º de este pronunciamiento.

Se dispuso que pasen los autos al Acuerdo, quedando en condiciones de ser resueltos (fs. 195).

El Dr. Bello dijo:

  1. ) El Dr. C.D.R.P., invocando ser apoderado de C.R.C., solicitó se aclare la decisión antes citada interponiendo, también, revocatoria in extremis.

    Respecto de la aclaratoria, expresó que la solución de que la solicitante firme un acta poder es razonable, y solicitó se resuelva o se aclare el libramiento de todos los oficios y el edicto en virtud de lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 346.

    En relación a la revocatoria, dijo -indicando que lo hacía con todo respeto-, que cuando el juez hizo mención en su sentencia a que el objeto procesal versa sobre nacionalidad y ciudadanía, luego elaboró un folleto que seguramente lo confeccionó la esposa del D.T. quien fue recusado en el caso “Clarin s/ Ley de Medios” por haber integrado un grupo armado nazi durante la Revolución Libertadora, dejándolo –a su apreciación- estupefacto, por lo que se solicita que se revoque la sentencia.

    Luego hizo citas de hechos históricos que -a su criterio- lo Fecha de firma: 03/08/2018 Alta en sistema: 06/08/2018 Firmado por: N.M., Secretaria de Cámara Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara #29306358#212205464#20180802123317695 relaciona con lo acontecido en autos, haciendo hincapié, entre otras cosas, a explicar cómo funcionan los mecanismos nazis del DNU nº 70/2017 y de las Acordadas de la Corte referidas a la digitalización.

    Pretende que se revoque el resto de la decisión en cuanto es una derivación razonada de derecho sustantivo y procesal del nazismo aclarando que asume que los Jueces han sido inducidos a error de derecho por alguno de los prestigiosos...

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