Sentencia de CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ, 7 de Noviembre de 2013, expediente FPA 042000323/2007

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2013
EmisorCÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 42000323/2007 raná, 7 de noviembre de 2013.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “RIQUELME, I.N. CONTRA ESTADO NACIONAL –MINISTERIO DE DEFENSA SOBRE CIVIL Y COMERCIAL VARIOS”, Expte.N° FPA 42000323/2007, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Concepción del Uruguay, y; CONSIDERANDO:

I- Que, vienen las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 125 y vta. por la parte actora, contra la resolución de fs. 122, que a fin de evitar el dispendio jurisdiccional, generar mayores gastos y por una cuestión de economía y celeridad procesal, regula los honorarios profesionales del Dr. J.A.C. en la suma de PESOS TRES MIL ($3000), ponderando la naturaleza, mérito de la labor desarrollada apreciada por la calidad, extensión y eficacia de la labor desarrollada y el resultado obtenido, y de conformidad a las pautas de los arts. 3, 6 y concs. de la ley 21839 y art. 13 de la ley 24432.

El recurso se concede a fs. 128, contesta agravios la demandada a fs. 129/130 vta. y quedan los autos en estado de resolver a fs. 135 vta.

II-

  1. Que, se agravia la parte actora porque entiende que la regulación de honorarios del Dr. C. es excesivamente alta, ya que fueron regulados sin tener un monto real del juicio y sobrevalorado el trabajo del profesional interviniente, teniendo en cuenta que solo intervino en una sola etapa del juicio y presentó un solo escrito en todas las actuaciones, el de contestación de demanda.

  2. Que, el representante del Estado Nacional contesta el traslado corrido y, por los fundamentos que expone, solicita que se rechace el recurso de apelación interpuesto.

III- Que, en cuanto a la regulación de honorarios apelada, cabe destacar que el juez ha estimado pecuniariamente la labor desarrollada por el Dr. J.A.C. sin mandar a reformular la planilla de liquidación, por estrictas razones de economía y...

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