Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA C, 17 de Octubre de 2013, expediente CIV 070323/2011

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2013
EmisorSALA C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

70323/2011. R. RIOS OSCAR LUIS c/ SERRANO CARLOS

FELIPE s/CONSIGNACION DE LLAVES

Juz. 91 A.B.

Buenos Aires, de octubre de 2013.- MCK

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I) Contra la resolución de fs. 68 mediante la cual el Sr. Juez A quo declaró –de oficio- la caducidad de instancia, se alza el actor a fs. 73,

quien presentó su memorial a fs.76/77, y cuyo traslado no fue contestado.

II) El objeto del instituto de la caducidad de instancia reposa objetivamente en la necesidad de evitar que se eternicen los juicios y se acumulen los expedientes, sin otro resultado que el de abultar las estadísticas, mantener la incertidumbre de los litigantes y desvirtuar en los hechos un adecuado servicio de justicia (conf.

CSJN Fallos 177:471).

Para interrumpir el curso de la caducidad de la instancia se debe concretar el interés en la prosecución de la causa, promoviendo actuaciones que gocen de una eventual aptitud para hacer avanzar el trámite en el momento procesal en que se manifiestan. Esa idoneidad especial para interrumpirla, es la de servir para que el procedimiento o la instancia avance hacia su fin esencial, que es la sentencia o resolución que decidirá la incidencia (CNCiv., S.C., R.221.268,

del 12-8-97 y sus citas, entre otros precedentes).

III) En autos, el “A-quo” el día 10 de junio de 2013 decretó de oficio la caducidad de la instancia sin ponderar el escrito de fs. 69 que fue presentado con anterioridad al vencimiento del plazo de caducidad computable desde el auto de fs.

66 e incluso antes de la resolución cuestionada.

Tal actuación resultaba –en principio-

impulsoria del curso del proceso y demostrativa de un claro interés en activar el trámite del expediente, todo lo cual debió ser valorado al momento del decisorio en crisis, cosa que no efectúo el juzgador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR