Sentencia de SALA III, 1 de Abril de 2015, expediente CCF 000019/1993/CA002

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2015
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 19/93/CA2 “R.M.E. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro E.L. s/ cobro de seguro”

Buenos Aires, 1 de abril de 2015.

VISTO: para resolver respecto de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto a fs. 636/647 vta., contra la resolución de fs.

632/633, cuyo traslado fue contestado a fs. 655/662, y CONSIDERANDO:

  1. Mediante el pronunciamiento recurrido el Tribunal modificó parcialmente el de primera instancia por el cual se ordenó practicar una nueva liquidación en concepto de intereses sobre el monto de astreintes.

    Contra tal decisorio, el Estado Nacional interpuso recurso extraordinario fundado en la arbitrariedad de la sentencia y la violación de garantías constitucionales.

  2. En primer lugar, cabe destacar que la resolución que ordena practicar una nueva liquidación de las astreintes no constituye la sentencia definitiva de la causa, sino un decisorio posterior enderezado a hacer cumplir la condena impuesta, sin que la recurrente demuestre que aquélla se aparte del ámbito de la cosa juzgada. S. de lo expuesto, que el remedio federal intentado resulta inadmisible pues -como principio- las resoluciones posteriores al fallo final, que tienen por objeto promover su cumplimiento, son ajenas a la vía excepcional prevista en el art. 14, ley 48, no concurriendo en el subexamen el supuesto de indebido apartamiento de los términos del fallo que puso fin a la controversia. Se impone precisar además, que la problemática discutida se desenvuelve estrictamente en el plano de la tramitación procesal del pleito, cuya dirección y resolución -por su naturaleza no federal- es propia de los jueces de...

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