Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 15 de Agosto de 2019, expediente CNT 022736/2000/CA001 - CA002 - ...

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 47683 SALA VI Expte Nº CNT 22736/2000 (JUZG. NRO. 40)

Autos: “R.G.L.C.M.S. Y OTRO S/OTROS RECLAMOS – CERTIFICADO DE TRABAJO“

Buenos Aires, 15 de agosto de 2019 VISTO:

La representación letrada de la parte actora, apela los honorarios que le fueron regulados por sus tareas en la etapa de ejecución, por considerarlos reducidos, y solicita se le regulen emolumentos por sus presentaciones de fs. 970/972, 984/991 y 1002/1005 (fs. 1026).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los emolumentos regulados a la representación letrada de la parte actora, por sus tareas en la etapa de ejecución, lucen equitativos, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Que asimismo, corresponde regular honorarios a la representación letrada del actor, por sus presentaciones de Fecha de firma: 15/08/2019 Alta en sistema: 16/08/2019 Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA #19987798#235822461#20190816111321182 fs. 970/972, en la suma de $1.000 (PESOS MIL), por la de fs.

1002/1005 en la suma de $1.000 (PESOS MIL), imponiendo las costas, respecto de esta última, en el orden causado (art. 68 CPCCN).

Que, respecto del recurso extraordinario presentado a fs.

984/991, toda vez que este fue desestimado declarándose sin costas (ver fs. 994), corresponde rechazar lo peticionado.

Por ello, EL TRIBUNAL

RE...

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