Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín , 20 de Agosto de 2013, expediente 1.453/2013

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2013

Causa 1453/2013 - Orden 10.934

RIOL, M.G. (en representación de su madre H.M.G.) c/ INSSJP s/

Amparo

- Incidente Poder Judicial de la Nación Juzg.Fed.San M. 1 - Sec. 3

CFASM-Sala II-Reg. n°258/13

F°513/516

°

S.M., 20 de agosto de 2013.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la demandada contra la resolución de fs. 16/17vta., que hizo lugar a la medida cautelar [cfr. fs. 67/68vta.; art. 15, ley 16.986].

  2. Liminarmente se debe puntualizar que las medidas USO OFICIAL

    cautelares exigen a los jueces un examen según el estándar de la certeza suficiente o en rango de seria verosimilitud. Además, no importa una decisión definitiva sobre la pretensión concreta del demandante y lleva ínsita una evaluación del peligro de permanencia en la situación actual a fin de habilitar una resolución que concilie según el grado de probabilidad, los intereses del reclamante y la garantía defensiva del demandado [doct. Fallos, 306:2060; 320:1633, entre otros].

    Sobre esas bases, del legajo surgen a primera vista acreditados los siguientes hechos esenciales y decisivos a saber.

    La sra. H.M.G., quien está por cumplir 79 años -1-

    de edad [fecha nac. 21/8/1934; cfr. fs. 3 y 5], es afiliada del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados [INSSJP] bajo el n. 150158405209-00 [hecho que no fue discutido por la demandada (cfr. fs. 1, 64 y 67/68vta.)]. En segundo lugar, que su médico tratante [Dr. J.M.L., MN

    99984 - MP 56226, especialista en ortopedia y traumatología de la “Clínica Privada San Andrés S.A.”, asignada por la demandada a la afiliada (cfr. fs. 1)], el 25 de febrero de 2013, solicitó

    prótesis para reemplazo total de rodilla anatómica izquierda con vástagos y cuñas para corregir desejes

    , con “fecha de intervención: 25/3/13” [cfr. fs. 5, 31 y 60], el 26 de febrero de 2013, señaló que la paciente es asistida por “artrosis severa de rodilla izquierda. En plan quirúrgico. Se solicita prótesis de rodilla anatómica izquierda por nivel de actividad y gran demanda funcional” [cfr. fs. 30 y 59] y, el 19 de marzo de 2013,

    justificó ese pedido porque “la prótesis de rodilla propuesta por la ortopedia Prima no es anatómica y no reúne los requisitos para tratar a la paciente por el tipo de hueso y por ser muy activa”

    [cfr. fs. 29/29vta. y 58/58vta.]. En tercer lugar, que la -2-

    Causa 1453/2013 - Orden 10.934

    RIOL, M.G. (en representación de su madre...

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