Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 31 de Agosto de 2022, expediente CIV 098171/2007/CA002

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2022
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

98171/2007

R.V.M.c.B.C.A.

s/ACCION DE REDUCCION

Buenos Aires, de agosto de 2022. M

AUTOS Y VISTOS:

Estos autos para resolver el recurso de apelación interpuesto el día 18 de

mayo de 2022 contra la resolución del día 25 de abril de 2022. La fundamentación

fue presentada el día 31 de mayo de 2022 y contestada el día 21 de junio de 2022.

Se agravia el quejoso por la base regulatoria establecida por la Sra. Juez a

quo a los fines de establecer los honorarios de los profesionales intervinientes en

estas actuaciones, en cuanto determinó que a tales fines los demandados

vencedores del juicio, deben acompañar el último balance contable de la sociedad

Winograd Deportes S.A. aprobado y presentado ante la I.G.J.

Argumenta el quejoso que conforme lo establece el inciso e) del art. 23 de

la ley 27.423 para el caso de acciones de entidades privadas debe tomarse como

cuantía del asunto el valor de cotización de la Bolsa de Comercio de Buenos

Aires; si no cotizara en bolsa, el valor que informe cualquier entidad bancaria

oficial, y si no fuere posible, se aplicará el procedimiento del inciso a) que

dispone calcular la base conforme el valor de los bienes inmuebles involucrados.

Que como las acciones de “ WINOGRAD DEPORTES S.A.” no cotizan en

bolsa, ni tampoco tiene contactos con bancos oficiales, debe aplicarse el inciso a)

del artículo y utilizar el valor del inmueble de la sociedad sito en Carhue 102 de

esta ciudad, estimado por su parte en U$S700.000, lo que no fue cuestionado por

la actora.

Esta Sala ya se ha expedido en el sentido de que la base para la

determinación de los honorarios profesionales no puede ser ajena a la realidad de

lo debatido en el expediente (conf. esta Sala, R. 531.802, del 61009).

En el caso particular de autos, se persiguió la simulación de los aportes

societarios por el 60% del capital accionario efectuados por el heredero Mario

Daniel Rinemberg, invocando que en realidad eran aportes del causante David

Rinemberg a favor de dicho heredero. Asimismo, solicitó se declare la simulación

de los aportes societarios efectuados por su hermano M.D. en la sociedad

Fecha de firma: 31/08/2022

Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA

Winograd Deportes S.A.

por considerar que en realidad fueron efectuados por

el causante D.R.. Y en el expediente acumulado N°98171/2007 inició

acción de simulación y reducción contra C.A.B...

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