Más rigor de la AFIP con monotributistas

Los monotributistas que compren bienes o hagan gastos por un monto igual o superior al de la facturación bruta máxima anual admitida para la categoría en la que están encuadrados quedarán excluidos de ese régimen simplificado. Así lo dispone la resolución 3328 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que fue publicada ayer en el Boletín Oficial.El organismo emitió un comunicado, para advertir que combatirá "el enanismo fiscal", en referencia a las inscripciones de contribuyentes en categorías que no corresponden en función de los ingresos reales, que en parte no serían declarados. El comunicado se difundió en un día en que se esperaba una definición del organismo por las restricciones a la compra de dólares, algo que no llegó.La resolución sobre monotributistas dispone que quedarán excluidos del régimen quienes gasten en alguna...

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