Rige el plazo para un trámite clave del monotributo: por qué creció el riesgo de quedar afuera

Hasta el jueves 20 de este mes, los monotributistas deben cumplir con el primer trámite semestral de recategorización de 2022. Y tienen que hacerlo observando la tabla con los ingresos máximos de cada categoría que la AFIP publicó en su página web el lunes pasado. Ese cuadro muestra cuáles son las facturaciones topes para estar en cada escalón y para estar dentro del propio monotributo, incrementadas en un 26% con respecto a las que rigieron durante el segundo semestre de 2021. Entonces, cada contribuyente debe ver qué facturación tuvo en los últimos 12 meses y, en función de cuál sea la cifra, quedarse en la categoría en la cual ya está, o bien ir a la que le corresponda.

A partir de este mes, para ser monotributista los ingresos no deben superar los $3.276.011,15 anuales, en el caso de actividades de servicios, o los $4.662.015,87 en caso de que el contribuyente se dedique a la venta de cosas muebles. Esos montos, que equivalen a ingresos mensuales promedio de $273.000 y $388.501, son nominalmente mayores en un 39,18% y en un 32,05%, en cada caso, a los que se habían establecido un año atrás.

En 2021 rigieron dos tablas diferentes, una en el primer semestre y la otra en el segundo. Así, el reajuste que decidió aplicar la AFIP (26% considerando la segunda de esas tablas) implica un aumento interanual de los ingresos máximos, en el caso de las categorías más altas, que se ubica muy por debajo de la inflación anual que, según se estima, en 2021 rondó el 50%.

La consecuencia es que, aun sin haber incrementado su facturación en términos reales (es decir, descontando el efecto de la inflación), hay quienes quedarían fuera del monotributo y deberían pasar al régimen impositivo general, lo que implica tener que inscribirse en el IVA y en Ganancias, además de pagar el aporte previsional de autónomos, más alto que el del monotributo. Esta situación no se daría si, tal como venía ocurriendo desde 2018, se hubiera considerado la movilidad anual que tuvieron en el año previo las jubilaciones de la Anses, tomando como punto de partida, para la actualización, la tabla que regía un año atrás. En ese caso, los topes se habrían incrementado un 52,67% en la comparación anual.

Para las tres categorías más bajas de la tabla, en tanto, hay una suba anual de los ingresos máximos que es superior al 60%. Para estar en la categoría A, se permite una facturación anual de hasta $466.201,59, mientras que en la B el nuevo ingreso máximo es de $693.002,36 y en la C, de...

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