Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 4, 22 de Agosto de 2014, expediente 49123/2013

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2014
EmisorSala 4

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 51.586 CAUSA N°

49.123/2013 SALA IV “RICARDO PACIENZA C/ SMG COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SA S/ DESPIDO” JUZGADO N° 53.

Buenos Aires, 22 DE AGOSTO DE 2014 VISTO:

El recurso deducido por la demandada a fs. 79/80 destinado a cuestionar la resolución de primera instancia –de fs.78- que desestima la citación de terceros pretendida; Y CONSIDERANDO:

I-Que, tal como resulta de autos, el trabajador reclama un resarcimiento en concepto de daño moral derivado de un supuesto maltrato y actitudes hostiles que habría recibido por parte del personal jerárquico de su empleador; la demandada, al contestar demanda, a fs. 60 solicita la citación como tercero de la ART sin explicar, ni aun brevemente, las razones de tal petición.

II-Que, tal como lo ha sostenido este Tribunal en reiteradas oportunidades, conforme lo dispuesto en el art. 94 del CPCCN, solamente es admisible la citación de terceros cuando la controversia fuere común, y si bien es cierto que la expresión carece de claridad, la exposición de motivos ilumina su sentido cuando dice que "la fórmula utilizada para conceptualizar la figura mencionada...comprende aquellas hipótesis en las cuales la parte eventualmente vencida pueda ser titular de una acción regresiva contra el tercero...", a fin de evitar la excepción de negligente defensa en juicio que se le pudiera iniciar al interviniente (ver, entre otros, “G.R.A. c/ Reconquista ART S.A s/

Accidente – Accion Civil” S.I 49.936 de fecha 15/3/2013).

En ese orden de ideas, la jurisprudencia ha señalado que la intervención coactiva de terceros se justifica cuando la parte, en caso de ser vencida se halla habilitada para intentar una pretensión de regreso contra el tercero (esta Sala, 22/11/03, S.D. 27075, “V., Jorge c/ Murchinson S.A.

Estibajes s/ accidente”; íd., 25/4/07, S.

  1. 44993, “Tolcachier, N. c/...

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