Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 29 de Septiembre de 2015, expediente CSS 033433/2009/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2015
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 Expte. Nº: 33433/2009 Autos: “R.A.J. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Sentencia Interlocutoria Buenos Aires,.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Llegan las actuaciones a sentencia, con motivo del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, agraviándose de la imposición de costas a su cargo, como de la regulación de honorarios efectuada a favor del letrado de la parte actora.

En lo que hace a la imposición de las costas del proceso, cabe tener presente que la Corte Suprema de justicia de la Nación dejó sin efecto el criterio adoptado en los autos “ARISA ÁNGEL UMBERTO C/ANSES”, sentencia del 3 de Abril del 2001, al resolver que si bien el art.21 de la ley 24.463,establece que las costas en los procesos previsionales serán impuestos por su orden en todos los caso, la citada directiva no resulta aplicable en los procesos de ejecución de sentencia por cuanto constituye una excepción al régimen general del código ritual y se encuentra inserta en el marco de reformas al procedimiento de impugnación judicial de los actos de la Administración Nacional de Seguridad Social, ajeno al de las actuaciones donde se procura el cumplimiento de una decisión pasada en autoridad de cosa juzgada que el referido organismo no acató espontáneamente (autos “RUEDA ORLINDA C/ANSES S/EJECUCION PREVISIONAL” Sentencia del 15 de abril de 2004); razón por la cual no corresponde hacer lugar al recurso interpuesto.

En lo que hace al agravio vinculado al monto de los honorarios regulados a favor del letrado de la parte actora, no corresponde hacer lugar al recurso...

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