Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 29 de Junio de 2021, expediente CCF 003131/2021/CA001

Fecha de Resolución29 de Junio de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n°3131/2021/CA1 “R.L.A. c/ Swiss Medical S.A. s/ Amparo de salud”. Juzgado 8, Secretaría 15.

Buenos Aires, 29 de junio de 2021.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado digitalmente el 11 de mayo de 2021, concedido en ambos efectos, cuyo traslado fue contestado oportunamente, contra el pronunciamiento del 10

de mayo del corriente año;

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la resolución que desestimó la medida cautelar solicitada en el escrito de inicio la parte actora interpuso la apelación del 11 de mayo referida.

  2. Surge del “sub examine” que el señor L.A.R. promovió

    acción de amparo - con medida cautelar- contra Swiss Medical S.A.

    con el objeto de que se facture el monto de su cuota de afiliación – que comprende la de su grupo familiar primario (cónyuge)- a los valores del período noviembre de 2019 con más los incrementos autorizados por la Superintendencia de Servicios de Salud, sin aumento alguno por cuestiones de edad, y se le reintegre lo cobrado en exceso, con más los intereses correspondientes. Además, solicitó el dictado de una medida cautelar innovativa consistente en que la demandada se abstenga de aplicarle a su cuota de afiliación incrementos no autorizados por la autoridad de aplicación y se considere el monto abonado en noviembre de 2019 para futuras facturas, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva (ver punto 1 del escrito de inicio). Todo ello, con sustento en su afiliación de larga data y en lo decidido por la autoridad de aplicación en el marco del reclamo que formalizó ante aquella (expediente 93385413/2019); así como en lo establecido en las leyes 26.982, y su decreto reglamentario 1993/2011, y en la 24.240.

    Fecha de firma: 29/06/2021

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    El juez de primera instancia le imprimó a las presentes actuaciones el trámite de la ley 16.986 y, previo a resolver la precautoria, intimó a la accionada (ver providencia del 30 de abril de 2021)

    El 4 de mayo se presentó la emplazada. Reconoció la afiliación del actor (en el plan “CL10” y con la credencial 3904815/01),

    acompañó copia de la facturación de abril del corriente año y manifestó

    que mediante aquella cumplió con la disposición oportunamente emitida por la Superintendencia de Servicios de Salud. Explicó que la misma se ajustó a la cuota de noviembre de 2019 ($7.397,40 más los incrementos...

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