Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 7 de Abril de 2022, expediente CIV 101868/2012/CA001

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

101868/2012

REYES, H.J.M. c/ ORGANIZACION VERAZ

S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, 07 de abril de 2022.-

AUTOS Y VISTOS:

Viene virtualmente este expediente a fin de que se traten los recursos de apelación interpuestos con fecha 26/4/2021 frente a la regulación de honorarios del 8/4/2021 y su aclaratoria de fecha 26/4/2021.

I.L., corresponde señalar que este colegiado ya ha tenido oportunidad de exponer -por mayoría- los argumentos que sostienen la aplicación de la nueva norma arancelaria a todos los asuntos en que no hubiera regulación de honorarios al tiempo de la modificación legislativa (conf. esta Sala, “D.G., Jésica y otro c. C.S.E. y otros s. Daños y perjuicios”, expte. n°

46276/2013, del 04/04/2018, ver aquí).

Entonces, los recursos se estudiarán conforme las disposiciones de la ley 27.423.

  1. De la lectura del expediente resulta que el juicio concluyó por caducidad de la instancia (v. aquí).

    En consecuencia, y al no surgir del articulado de la ley 27.423 la base regulatoria que correspondería al presente supuesto, el Tribunal aplicará por analogía las disposiciones del art. 22 con la reducción allí prevista.

    Así, el art. 22 de la ley 27.423 dispone que si la demanda fuere íntegramente desestimada se tendrá como valor del pleito el importe de la misma, actualizado por intereses y disminuido en un 30%.

    Fecha de firma: 07/04/2022

    Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

    Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CÁMARA

    De manera tal que la nueva ley de aranceles no deja lugar a dudas en cuanto a que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR