Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 12 de Septiembre de 2019, expediente FSA 007453/2019/CA001

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I “REYES BLANCA AMERICA EN REPRESENTACION DE SU NIETA L.D.C.R. c/

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD Y OTRO s/ AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION”

-EXPTE. N° FSA 7453/2019/CA1-

-JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 1-

ta, 12 de septiembre de 2019.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen las presentes actuaciones en virtud de la impugnación efectuada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), en contra de la resolución de fecha 23 de julio de 2019, por la que el juez de la instancia anterior hizo lugar a la acción de amparo por mora de la administración planteada por la señora Blanca América R. en representación de su nieta L.D.C.R. y, en su mérito, le fijó la recurrente y a la Agencia Nacional de la Discapacidad (ANDis), dependiente de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, un plazo de diez (10) días hábiles a fin de que emita resolución o decisión sobre la solicitud de pensión no contributiva por invalidez efectuada por la accionante, imponiendo las costas por su orden (fs. 34/35).

  2. Que a fs. 36/37 la apelante expresó su desacuerdo con la 1 Fecha de firma: 12/09/2019 Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA #33461123#243609605#20190912114555987 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I resolución en crisis, precisando que su parte no vulneró, lesionó ni restringió

    derecho constitucional alguno de la actora, en tanto el trámite de la pensión por discapacidad fue presentado ante la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis) y en dicho organismo está siendo diligenciada por lo que la condena a ANSeS excede la cuestión litigiosa que introdujo la actora.

  3. Que corrido el pertinente traslado de ley, la actora lo contestó a fs. 40/42, solicitando el rechazo de la apelación interpuesta.

  4. Que a fs. 49/51 dictaminó el F. General S. ante esta Cámara expidiéndose por la confirmación de la sentencia impugnada.

  5. Que corresponde precisar que la señora B.A.R. en representación de su nieta L.D.C.R. interpuso en fecha 15 de abril de 2019 acción de amparo por mora en contra de la Agencia Nacional de Discapacidad, dependiente de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación y A., a fin de que se ordene a ambas instituciones a pronunciarse sobre la solicitud de pensión no contributiva por invalidez iniciada en sede administrativa en fecha 4 de octubre de 2018, la que hasta ese...

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