Rey Horge Alberto S/quiebra (dec el20/3/09)
Fecha de publicación | 06 Abril 2009 |
Fecha de disposición | 06 Abril 2009 |
Sección | Segunda Sección - Sociedades |
Número de Gaceta | 31628 |
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Edictos Judiciales NUEVAS 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO 68 SECRETARIA UNICA -- ACLARACION -MARCO JUAN ANGEL C/SALABERRI Y MENDIBERRI JUANA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA En las edición del 20 y 23/03/09 en la que se publicó la citada sociedad, se deslizó el siguiente error: Donde dice: MARCOS JUAN ANGEL ,
Debe decir: MARCO JUAN ANGEL.
e. 06/04/2009 Nº 24040/09 v. 06/04/2009 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,
FALLA:
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).- CONDENANDO a Dámaso ENRIQUE ELGUERA, de las calidades personales obrantes en autos, a las penas de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con más la de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, que establece el art. 12 del C.P. y las inhabilitaciones previstas por el art. 876 inc. 'e', 'f' y 'h' de la ley 22.415, la primera de ellas por el tiempo de la condena y las costas del juicio, por resultar el nombrado, autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, --cocaína-- agravado por el presunto destino de comercialización, previsto y reprimido por el art.
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).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 22 de noviembre de 2012, diez días para el pago de las costas del juicio.
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).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
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).- REMITIR a Dámaso ENRIQUE ELGUERA al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.
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).- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia de la misma, adjuntando un DNI. Peruano Nº 23.016.371 y un Pasaporte Peruano Nº 4.311.065, perteneciente al causante.
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).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- RENE VICENTE CASAS. -- MARTA LILIANA SNOPEK. -- ALBERTO OSCAR ARAGONE. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.
e. 06/04/2009 Nº 22797/09 v. 06/04/2009 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,
FALLA:
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).- CONDENANDO a MANUEL GONZÁLEZ CUELLAR, de las calidades personales obrantes en autos, a las penas de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN y multa Doscientos Veinticinco ($ 225,00), por resultar el nombrado, autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5 inc. 'c' de la Ley 23737, con más la Inhabilitación Absoluta establecida por el art. 12 C.P., por el tiempo que dure la condena, y las costas del juicio.
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).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 22 de abril de 2012, y diez días para el pago de las costas del juicio.
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).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
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).- REMITIR a Manuel GONZÁLEZ CUELLAR al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.
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).- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia de la misma, adjuntando Pasaporte Boliviano Nº 6309488, perteneciente a la causante.
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).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- RENE VICENTE CASAS. -- MARTA LILIANA SNOPEK. -- ALBERTO OSCAR ARAGONE. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.
e. 06/04/2009 Nº 22800/09 v. 06/04/2009 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy:
FALLA:
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).- CONDENANDO a Michael José HUAMAN JARA, de las calidades personales obrantes en autos, a las penas de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con más la de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, que establece el art. 12 del C.P. y las inhabilitaciones previstas por el art. 876 inc. 'e', 'f' y 'h' de la ley 22.415, la primera de ellas por el tiempo de la condena y las costas del juicio, por resultar el nombrado, autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, --cocaína-- agravado por presunto destino de comercialización, previsto y reprimido por el art.
866 2do párrafo en función del art. 864 inc. d) de la ley 22415.
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).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 30 de mayo de 2012, y diez días para el pago de costas del juicio.
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).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
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).- REMITIR a Michael José HUAMAN JARA al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.
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).- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia de la misma, adjuntando un Pasaporte Peruano Nº 3.952.148, perteneciente al causante.
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).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. --RENE VICENTE CASAS. -- MARTA LILIANA SNOPEK. -- MARIO HECTOR JUAREZ ALMARAZ. Ante mí:
EFRAIN ASE.
e. 06/04/2009 Nº 22801/09 v. 06/04/2009 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,
FALLA:
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).- CONDENANDO a Basilia NUÑEZ REYES, de las calidades personales obrantes en autos, a las penas de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN y multa Doscientos Veinticinco ($ 225,00), por resultar la nombrada, autora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5 inc. 'c' de la Ley 23737, con más la Inhabilitación Absoluta establecida por el art. 12 C.P., por el tiempo que dure la condena, y las costas del juicio.
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).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 21 de abril de 2012, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
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).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
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).- REMITIR a Basilia NUÑEZ REYES al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.
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).- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia de la misma, adjuntando CI BOL Nº 5.025.482, perteneciente a la causante.
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).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- RENE VICENTE CASAS. -- MARTA LILIANA SNOPEK. -- ALBERTO OSCAR ARAGONE. Ante mí: EFRAIN ASE.
e. 06/04/2009 Nº 22798/09 v. 06/04/2009 JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL N° 16
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. 16, Secretaría Única, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, Entre Piso, de Capital Federal, cita y emplaza a Pedro Pablo RAMIREZ a fin de que comparezca a tomar intervención en los autos: 'RAMIREZ, PEDRO PABLO S/ AUSENCIA POR PRESUNCION DE FALLECIMIENTO.- El presente deberá publicarse una vez por mes durante seis meses en el Boletín Oficial.Buenos Aires, 18 de diciembre de 2008.
Luis Pedro Fasanelli, secretario.
e. 06/04/2009 Nº...
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