Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 30 de Agosto de 2017, expediente CIV 042359/2001/CA002

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 42359/2001. REXLEND CORP SA Y OTRO c/ TORRES CARLOS ALBERTO s/EJECUCION HIPOTECARIA Buenos Aires, 30 de agosto de 2017.- NR fs. 863 AUTOS Y VISTOS:

I.V. estos autos a fin de tratar los recursos interpuestos y fundados a fs. 826 y 830/831 así como el planteado a fs. 829 contra la regulación de honorarios de fs. 825.-

  1. En relación al agravio vertido por el ejecutante, ha discutido la doctrina y la jurisprudencia el alcance que cabe otorgar al art. 565 del CPCCN, en caso de que la subasta fracase en las primeras instancias y fuera realizada con posterioridad por el mismo martillero.

    Indica la norma, en su primer y segundo párrafos, que “El martillero percibirá la comisión que corresponda conforme al bien subastado, establecida por ley o, en su caso, la costumbre. Si el remate se suspendiere o fracasare sin culpa del martillero, el monto de la comisión será fijado por el juez, de acuerdo con la importancia del trabajo realizado; si se anulare, también sin su culpa, tendrá

    derecho a la comisión que correspondiere. Si el mismo martillero vendiere el bien en un remate posterior, su retribución será

    determinada atendiendo al efectivo trabajo que le hubiera demandado esa tarea…” .

    Una corriente sostiene que el acto de remate es la tarea que se le encomienda al martillero y por la cual tiene derecho a esa retribución, por lo que el eventual fracaso de una primera subasta por causas o factores no imputables a su parte y la consecuente necesidad de reiterar las tareas preparatorias para un segundo remate, forma parte del álea o riesgo aceptado por quien admite colaborar como enajenador en un proceso judicial y no origina el derecho a una doble remuneración.

    Fecha de firma: 30/08/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #14719191#186918614#20170829113613903 Quienes rebaten esta postura, alegan que la actividad del martillero es esencialmente onerosa, por lo que todo trabajo que realice con motivo de la subasta ordenada en el expediente debe ser remunerado. Desde este punto de vista, la retribución por los trabajos realizados por la primer subasta suspendida constituye un derecho adquirido en los términos del art. 17 de la C.N., a lo que se agrega el carácter alimentario que cabe atribuirle, lo que lleva a interpretar de manera restrictiva cualquier solución que conduzca a su cercenamiento o privación.

    Por ello, además, debería descartar la posibilidad de considerar que el derecho a...

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