Sentencia de CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ, 13 de Junio de 2014, expediente FPA 081023102/2012
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2014 |
Emisor | CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 81023102/2012 raná, 13 de junio de 2014.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “RETAMAR, E.R. CONTRA MRIO DE DEF. – EST. NAC. SOBRE ORDINARIO”, E.. Nº FPA 81023102/2012, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Paraná; y, CONSIDERANDO:
I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario interpuesto a fs. 77/86 vta. por el representante del Estado Nacional, contra la resolución de fs. 69/73 que hace lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada y en su mérito, confirma la sentencia de grado en cuanto declara el carácter remunerativo de los suplementos previstos en los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 y ordena descontar los decretos 1994/06, 1163/07 y 1653/08; y revocarla en cuanto ordena abonar con carácter remunerativo las compensaciones instituidas por los decretos 1994/06, 1163/07 y 1653/08. Impone las costas en ambas instancias un 70% a la demandada vencida y un 30% a la actora; regula los honorarios profesionales y tiene presente la reserva efectuada por la demandada.
II-
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Que, el impugnante, luego de relatar las circunstancias de la causa, sostiene que se encuentran cumplimentados los requisitos comunes exigidos para la procedencia del remedio intentado, existencia de sentencia definitiva y gravamen irreparable. Entiende que existe arbitrariedad del decisorio y que la sentencia contiene defectos en la arbitrariedad normativa. Luego, solicita se declare la cuestión abstracta por el dictado del decreto 1305/2012, que suprimió los adicionales al personal civil de inteligencia. Seguidamente, refiere que la sentencia viola normas de carácter federal. Reitera el carácter particular de los suplementos y compensaciones establecidas por el decreto 2769/93, lo que fue ratificado por la Corte y que el hecho de que los decretos reseñados se refieran a las mismas compensaciones, en nada desvirtúa el carácter particular de los mismos, todo lo cual es acorde a lo resuelto originariamente por la Corte, y en su reciente jurisprudencia.
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La actora contesta el traslado y, por los argumentos desplegados, solicita se rechace el recurso deducido.
III-
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Que, el recurrente ha cumplido con los requisitos formales de reserva de la cuestión federal e interposición en término, por lo que corresponde analizar la admisibilidad o no del recurso extraordinario interpuesto.
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Que, en cuanto a la arbitrariedad...
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