Resoluciónlución Nº 385 de 05 de Junio de 2007

La Plata, 5 de junio de 2007.

VISTO: El expediente Nº 4129-938/06, por el cual el Municipio de Ezeiza solicita la ratificación del convenio suscripto por la Municipalidad y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el marco del "Programa de descentralización administrativa a municipios del procedimiento de aprobación de urbanizaciones cerradas", instrumentado mediante el Decreto Nº 1.727/02; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la documentación obrante a fojas 19, 22/23 y 54 se ha acreditado el cumplimiento de las condiciones señaladas en los incisos a), b) y c) del artículo 2º del Decreto Nº 1.727/02;

Que el convenio se encuentra agregado a fojas 42/44;

Que mediante la Ordenanza Nº 1.842/CD/06 y su Decreto de Promulgación Nº 667/06, cuyas copias corren a fojas 48 y 50, ha sido aprobado el convenio de referencia por el Honorable Concejo Deliberante de Ezeiza, conforme lo establecido por el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, atento a lo señalado, se han cumplidos los compromisos asumidos por la Municipalidad derivados de la aplicación de la cláusula séptima de este convenio;

Que a fojas 36 ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que le confiere el artículo 8º, inciso 3) del Decreto Nº 1.727/02;

Por ello,

EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

Artículo 1º

Se ratifica el convenio celebrado entre la Municipalidad de Ezeiza y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que forma parte integrante de esta Resolución, en el marco del "Programa de descentralización administrativa a municipios del procedimiento de aprobación de urbanizaciones cerradas", instrumentado mediante el Decreto Nº 1.727/02.

Artículo 2º

La puesta en vigencia del convenio ratificado por el artículo anterior se establece a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º

Se dispone la remisión a la Municipalidad de Ezeiza de las actuaciones que se encuentren en trámite relacionadas al diligenciamiento de las convalidaciones técnicas de los emprendimientos vinculados a urbanizaciones cerradas –clubes de campo y barrios cerrados– en cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula décima del convenio señalado.

Artículo 4º

Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Subsecretaría de Asuntos Municipales. Cumplido archivar.

Florencio Randazzo

Ministro de Gobierno

PROGRAMA DE DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA A MUNICIPIOS SOBRE GESTION URBANIZACIONES CERRADAS

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos...

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