Resoluciones Sintetizadas, Subsecretaría de Trabajo, Año 2011 - Res. Nº 54 y 55

Fecha de publicación04 Enero 2012
Tipo de documentoRESOLUCIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13272
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIALPAGINA 15
Miércoles 4 de Enero de 2012
SECRETARÍA DE TRABAJO
Res. N° 29407-12-11
Artículo 1º.- Apruébese el listado de beneficiarios
del Programa Provincial “Empleo Mixto”.
Artículo 2º.-Autorízase al Servicio Administrativo
de la Secretaría de Trabajo a transferir al Banco del
Chubut S.A. la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS
SESENTA ($1.960,00) a fin de efectivizar el pago a los
beneficiarios del Programa Provincial “Empleo Mixto”,
correspondiente a la Liquidación Complementaria del
mes de Noviembre/11.-
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución, será con cargo a: SAF 15 -
Programa 17 – Actividad 2 – U.G. 11999 – Inciso 5 -
Partida Principal 7 – Parcial 6 - Fuente de Financiamiento
111- Ejercicio año 2011.
Res. N° 29812-12-11
ARTICULO 1: DEJAR a cargo del Departamento Te-
sorería y Rendiciones de la Dirección General de Fis-
calización y Administración dependiente de la Secreta-
ría de Trabajo, a la agente Brenda Haydée Taux, M.I.
30.580.199, a cargo Jefatura de División Trabajo, a
partir del día 12 de Diciembre y hasta el efectivo reinte-
gro de su titular, procediendo al pago de la subrogancia,
en caso de corresponder.-
ARTICULO 2: RECONOCER, a la agente Brenda
Haydée Taux, M.I. 30.580.199, la bonificación especial
remunerativa no bonificable, otorgada mediante Decre-
to Nº 171/95, mientras dure su desempeño a cargo del
Departamento Tesorería y Rendiciones, de la Dirección
General de Administración de la Secretaría de Trabajo
y proceder al descuento del mismo por idéntico período
al titular del mencionado Departamento.
Res. N° 29919-12-11
Artículo 1º.- Apruébese el listado de beneficiarios
del Programa Provincial “Padres de Familia”.
Artículo 2º.- Autorízase al Servicio Administrativo
de la Secretaría de Trabajo a transferir al Banco del
Chubut S.A. la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUEN-
TA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($
556.850,00), a fin de efectivizar el pago a los benefi-
ciarios del Programa Provincial “Padres de Familia”, co-
rrespondiente a la Liquidación del mes de Diciembre/11.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución, será con cargo a: SAF 15 -
Programa 17 - Actividad 2 – U.G. 11999 – Inciso 5 -
Partida Principal 7 – Parcial 6 - Fuente de Financiamiento
111- Ejercicio año 2011.
Res. N° 30019-12-11
Artículo 1º.- Apruébase el listado de beneficiarios
del Programa Provincial de Emergencia Laboral Chubut
(PEL Chubut).
Artículo 2º.- Autorizase al Servicio Administrativo
de la Secretaría de Trabajo, a transferir al Banco del
Chubut S.A. la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y
OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 198.600,00), a fin de
efectivizar el pago a los beneficiarios del Programa Pro-
vincial de Emergencia Laboral Chubut (PEL Chubut),
correspondiente a la Liquidación del mes de Diciembre/
11. Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución, será con cargo a: SAF 15 -
Programa 17 - Actividad 2 – U.G. 11999 – Inciso 5 -
Partida Principal 7 - Parcial 6 - Fuente de Financiamiento
111 - Ejercicio año 2011.
Res. N° 30119-12-11
Artículo 1º.- Apruébese el listado de beneficiarios
del Programa Provincial “Empleo Mixto”.
Artículo 2º.- Autorízase al Servicio Administrativo
de la Secretaría de Trabajo a transferir al Banco del
Chubut S.A. la suma de PESOS SETECIENTOS ONCE
MIL DOCIENTOS ($ 711.200,00), a fin de efectivizar el
pago a los beneficiarios del Programa Provincial “Em-
pleo Mixto”, correspondiente a la Liquidación del mes
de Diciembre/11.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución, será con cargo a: SAF 15 -
Programa 17 – Actividad 2 – U.G. 11999 – Inciso 5 -
Partida Principal 7 – Parcial 6 - Fuente de Financiamiento
111- Ejercicio año 2011.
Res. N° 30222-12-11
Artículo 1º: OTORGUESE a favor de la Municipali-
dad de Trelew, representada por su Intendente, Sr.
Máximo Gabriel Pérez Catán, la suma de Pesos Dieci-
séis Mil Ochocientos ($ 16.800.-) en concepto de sub-
sidio para ser destinado al pago de la asistencia econó-
mica a trabajadores dependientes de AGROPECUARIA
DEL SUR S.A., de la ciudad de Trelew.
Artículo 2º: La Municipalidad de Trelew, represen-
tada por su intendente, el Sr. Máximo Gabriel Pérez
Catán, deberá dentro del plazo de sesenta (60) días de
invertidos, rendir los fondos objeto del subsidio.-
Artículo 3º: El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución será imputado en la Jurisdic-
ción 15- SAF - 15 SECRETARIA DE TRABAJO - Progra-
ma 01 Conducción de la Secretaría de Trabajo – Activi-
dad AO1 / 5 Transferencias/ 7 Transferencias a institu-
ciones provinciales y municipales para financiar gas-
tos corrientes / 6 Aportes a gobiernos municipales -
Fuente de Financiamiento 1.11– Ejercicio 2011.-
Artículo 4º: Dése la correspondiente intervención a
la Dirección General de Fiscalización y Administración.
SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
Res. N° 5411-11-11
ARTICULO 1°: HOMOLOGAR en todas sus partes el
Acta Acuerdo suscripta el día 25 de Octubre de 2011
entre la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE)
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 16 Miércoles 4 de Enero de 2012
representada por el Sr. Omar Navarro en su calidad de
Secretario General y por los Sres. Raúl Martínez, Sergio
Sergio Rocha y Daniel Barrionuevo en su calidad de
Delegados del personal de Obras Públicas, por un lado;
y el Ministerio de Coordinación y Gabinete, representa-
do por el Ministro Coordinador Cr. Pablo KORN y por el
Viceministro Dr. Gonzalo Carpintero, por el otro.-
ARTICULO 2°: REMITIR las presentes actuaciones a
la Dirección de Negociaciones Colectivas y Gestiones
Institucionales a los fines de que proceda al registro del
Acta Acuerdo de fecha 25 de Octubre de 2011.
Res. N° 5507-12-11
Artículo 1: DELEGAR en la Delegación Regional de
Puerto Madryn dependiente de esta Subsecretaría de
Trabajo todas las funciones y facultades conferidas
por la Ley Provincial VII Nº 58 y su reglamentación, a fin
de evaluar la procedencia del procedimiento preventivo
de crisis.-
SUBSECRETARIA DE ASOCIATIVISMO
Y ECONOMIA SOCIAL
Res. N° 5402-12-11
Artículo 1°: Inscríbase a partir de la fecha a la “Filial
Comodoro Rivadavia”, Chubut, de la ASOCIACION MU-
TUALISTA EMPLEADOS PROVINCIALES ASOCIADOS
AMEPA- matrícula BA-2342, con domicilio legal en la
ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires -, reco-
nocida y autorizada a funcionar como mutual por el
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social,
el 22/10/2010, mediante Resolución 3204/10-INAES.
Res. N° 5506-12-11
Artículo 1º: Dar por decaído el derecho de la enti-
dad sumariada en estos actuados a presentar descar-
go y ofrecer pruebas.-
Artículo 2º: Dar por concluida la etapa instructoria
del presente sumario.-
Artículo 3º: Aconsejar al Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social que imponga a la COO-
PERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO “ADULAN” LIMI-
TADA – Matrícula Nº 31.127, con domicilio legal en la
ciudad de Trelew, la sanción establecida en el Artículo
101 de la Ley 20.337 (modificada por Ley 22.816) con-
sistente en el RETIRO DE LA AUTORIZACION PARA FUN-
CIONAR Y LA CANCELACION DE LA MATRICULA.
SECRETARIA DE TRABAJO
DELEGACION REGIONAL PUERTO MADRYN
Res. N° 146406-12-11
Artículo 1º: IMPONER al Sr. GARCIA HERRANZ FER-
NANDO con CUIT Nº 20-18826472-8, con domicilio en
Undiano Nº 233 de la ciudad de Bahía Blanca, en virtud
del incumplimiento de las siguientes normas: 1) LCT
ART. 126 y 128 (Pago de los haberes correspondientes
a los meses de Mayo y Junio de 2011); 2) LCT ART. 138
Recibos de Haberes (Correspondientes a los meses de
Mayo y Junio de 2011) todo de la Sra. Canovas Vargas
Ana María DNI 26.744.411; de conformidad a lo es-
tablecido en el Art. 31 de la Ley X Nº 15, una multa
equivalente a (1) una vez el importe del Salario
Mínimo Vital y Móvil mensual vigente en la Provincia
del Chubut, ascendiendo el S.M.V.y M. a la suma de
PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($
2.300,00), por lo que la multa asciende a la suma
de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 CEN-
TAVOS ($ 2.300,00).-
ARTÍCULO 2º: NOTIFÍQUESE al Sr. GARCIA
HERRANZ FERNANDO con CUIT Nº 20-18826472-8,
con domicilio en Undiano Nº 233 de la ciudad de
Bahía Blanca, que la multa dispuesta en el Art. 1º
de la presente, cuyo monto total asciende a la suma
de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 CEN-
TAVOS ($ 2.300,00), deberá abonarse en el plazo
de cinco (5) días hábiles de notificada, mediante
depósito en el Banco del Chubut S.A., para lo cual
se adjunta boleta de depósito. Cumplido el pago, el
mismo deberá ser acreditado por ante ésta Delega-
ción Regional de Trabajo sita en calle Marcos A.Zar
N° 269 de la ciudad de Puerto Madryn, bajo aperci-
bimiento de tener por no abonada la multa impuesta
e iniciar el proceso previsto en el Art. 32 de la Ley
X N° 15 que a sus efectos se transcribe: “Firme la
resolución sancionatoria la falta de pago de la mul-
ta impuesta autoriza a la Subsecretaría de Trabajo
a proceder a su ejecución por ante el juzgado le-
trado de primera instancia en lo laboral competen-
te. Así mismo, podrá disponer la Clausura del esta-
blecimiento hasta el cumplimiento de la sanción,
manteniéndose entre tanto el derecho de los traba-
jadores al cobro íntegro de sus remuneraciones”.-
ARTÍCULO 3°: INTIMAR al Sr. GARCIA HERRANZ
FERNANDO con CUIT Nº 20-18826472-8, a dar debido
cumplimiento a las disposiciones legales y/o conven-
cionales que reglamenten el trabajo en todas sus for-
mas.-
ARTÍCULO 4º: DETERMINASE que el presente
acto es definitivo en vía administrativa y que el
administrado cuenta con el recurso de apelación,
previo pago de la multa, por ante la Delegación
Regional de Puerto Madryn de acuerdo a lo previs-
to en el Art. 31 inc. I de la Ley X N° 15, que a sus
efectos se transcribe: “I) La resolución que impon-
ga la multa podrá ser apelada previo pago de ésta
dentro de los tres (3) días hábiles de notificado. El
recurso se interpondrá por ante la autoridad que
aplicó la sanción y deberá ser fundado. Las actua-
ciones conjuntamente con la apelación, serán re-
mitidas dentro del quinto día hábil al juzgado de
primera instancia con competencia en lo laboral y
jurisdicción en el lugar donde se hubiere compro-
bado la infracción para su resolución definitiva”.

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