Resoluciones 2175 / 2009. Resolucion del 31 de Julio de 2009. Aviso Nro: 10595

Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2009
Número de Boletín27093
Fecha de Publicación 7 de Agosto de 2009

DIRECCION GENERAL DE CATASTRO. RESOLUCION N° 2.175/2009, del 31/07/2009. VISTO:

La necesidad de dar estricto cumplimiento con los principios valuatorios consignados por Leyes N° 7971 de Valuación y N° 5121, Código Tributario en lo pertinente a determinar el avalúo según los precios medios de mercado a valores corrientes al momento de la valuación; y CONSIDERANDO:

Que la notable distorsión observada entre los valores Unitarios Básicos aplicados sobre el valor de la tierra libre de mejoras que determinan el avalúo fiscal impuesto por la Dirección General de Catastro y los precios de transacción vigente en el mercado inmobiliario para la tierra libre de mejoras. Que constituye imperativo de orden legal especial en la materia preservar por parte de la autoridad de aplicación; Dirección General de Catastro los principios contenidos en las leyes 5121 y 7971, específicamente el articulo sexto del ultimo texto en cuanto disponen que el valor de la tierra libre de mejoras se determinara en los inmuebles urbanos asignando precios medios de mercado a valores corrientes al momento de la valuación.- Que conforme artículo 43, inc. 5ª de la ley 4537, en lo relativo al valor de la tierra libre de mejoras resulta necesario mantener la jerarquía normativa de las normas especiales que rigen la materia valuatoria estableciendo pautas que acuerden operatividad a su cumplimiento fijando el criterio que debe regir en la confección del valor inmobiliario fiscal y observando una metodología que respetando tales principios pondere una serie de variables emergentes del hecho existente, entre las que deben merituarse, el valor de mercado, características del fraccionamiento, ubicación del predio en planta urbana, servicios con que cuenta el área de planta, factores estos que inciden de manera directa en la cotización inmobiliaria.- Que en la consideración de factores intrínsecos, entre estos, localización del inmueble en la zona, en la manzana, su geometría parcelaria, dimensiones lineales, angulares y superficiales, a los fines de la metodología valuatoria resulta razonable la aplicación de diversos coeficientes.- Que el coeficiente de forma contempla la disminución de aprovechamiento constructivo en lotes de forma irregular, resultando restrictiva su aplicación.- Que según pautas contempladas dentro del manual valuatorio la restrictiva aplicación del coeficiente de forma y superficie...

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