Resoluciones 176 / 2010. Resolucion del 21 de Diciembre de 2010. Aviso Nro: 18755

Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2010
Número de Boletín27434
Fecha de Publicación23 de Diciembre de 2010

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 176/10, del 21/12/2010. VISTO el artículo 9 de la Ley N° 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, en los aspectos vinculados a sus facultades normativas, se ha fijado como objetivo prioritario el análisis y sistematización de las normas vigentes a fin de brindar mayor claridad, fluidez y seguridad en la aplicación de la norma fiscal, optimizando su consulta e interpretación; Que en tal sentido, resulta necesario adecuar las pautas a los fines de la inscripción o reinscripción y altas o modificaciones de datos de los contribuyentes y responsables de los tributos y regímenes cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de esta Autoridad de Aplicación; Que en ese orden de ideas, resulta indispensable fijar las pautas para la correcta identificación de los sujetos pasivos, como así también las correspondientes a la obligación de declarar el domicilio fiscal estableciendo los medios necesarios para la justificación del mismo; Que con el objetivo de optimizar el cumplimiento de las obligaciones citadas en los considerandos anteriores, es que corresponde aprobar un nuevo formulario de solicitud de inscripción en reemplazo del actualmente vigente; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 del Código Tributario Provincial, EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

Sujetos comprendidos Artículo 1°.- Los contribuyentes y responsables de los tributos y regímenes cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, a los fines de solicitar la inscripción o reinscripción y alta –en los casos que correspondan- o informar sobre modificación de datos, deberán presentar el formulario de declaración jurada N° 900 (F.900) y observar las formalidades, requisitos y condiciones establecidas en la presente resolución general.- De tratarse de contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, con domicilio fiscal en la Provincia de Tucumán, respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán continuar presentando el formulario de declaración jurada CM 01 o CM 02, según corresponda.- Formalidades, requisitos y condiciones Art. 2°.- A los fines de solicitar la inscripción, en oportunidad de la presentación del formulario 900 (F.900) en las dependencias de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS habilitadas a tales efectos, los contribuyentes y responsables deberán acompañar los elementos que a continuación se indican según el sujeto de que se trate:

  1. Personas de existencia visible:

  2. Los argentinos nativos o naturalizados y los extranjeros:

    fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (datos identificatorios y domicilio actualizado). Para el caso de los extranjeros, que no posean documento cívico argentino, fotocopia del certificado o número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia y el lugar de la misma. 2. Los profesionales universitarios cuya inscripción se efectúe por el ejercicio de su actividad específica, deberán acompañar –además- fotocopia de la constancia de matriculación respectiva o fotocopia del título habilitante en el caso de no requerir matriculación el ejercicio de su profesión. 2. Las restantes comprendidas en el artículo 26 de la Ley N° 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias:

  3. Sociedades constituidas regularmente:

  4. Fotocopia del estatuto o contrato social y, en su caso, del acta de directorio o instrumento emanado del órgano máximo de la sociedad de que se trate donde se fija el domicilio legal. 2. Fotocopia de constancia de inscripción que corresponda, en su caso, ante los respectivos órganos de contralor. 2...

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