RESOLUCIONES 99 / 2018 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 4 de Septiembre de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Septiembre de 2018
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2018
Número de Boletín29325
Fecha de Publicación 6 de Septiembre de 2018
Número de documento67996

DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 99/18, del 04/09/2018.

VISTO la Resolución N° 1144/ME-2018 y la RG (DGR) N° 97/18, y CONSIDERANDO:

Que a través de la resolución ministerial citada en el Visto, se dispuso restablecer, temporalmente y con determinados alcances, la vigencia de la Resolución N° 012/ME-2004 y sus modificatorias, respecto de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública;

Que entre las particularidades del referido restablecimiento, se dispuso incluir expresamente como deudas comprendidas las provenientes de retenciones o percepciones practicadas y no ingresadas;

Que en tal sentido, y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 2°, 6° y 21° de la Resolución N° 012/ME-2004 y sus modificatorias, restablecida por Resolución N° 1144/ME-2018, resulta oportuno establecer que la cantidad de pagos parciales mensuales y consecutivos en que se podrán regularizar las citadas obligaciones, no podrá exceder de doce (12);

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Establecer que la cantidad de pagos parciales que...

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