RESOLUCIONES 95 / 2022 DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS / 2022-04-22

Fecha de publicación29 Abril 2022
Fecha22 Abril 2022
Número de Gaceta30.215
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 95/2022-DPJ, del 22/04/2022
VISTO:
Los antecedentes obrantes en Legajo N° 501 perteneciente a la Asociación Civil “BIBLIOTECA POPULAR MARIANO MORENO” con domicilio legal en la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, y
CONSIDERANDO:
Que la Entidad obtuvo Personería Jurídica mediante Decreto N° 1684 de fecha 31/10/1942; encontrándose por ende bajo el control de esta Dirección de Personas Jurídicas;
Que la entidad se encuentra al día de la fecha ante este Organismo de Contralor en IRREGULAR FUNCIONAMIENTO con autoridades con mandatos vencidos desde el día 30/10/2016 adeudando también la presentación de documentación contable con su correspondiente tratamiento asambleario por el período finalizado al 31/12/2012 hasta la actualidad;
Que por Expte N° 6290-211-2019 se solicita
Que existiendo pedidos de Reorganización y atento al estado de la entidad se inician Actuaciones de Oficio de fecha 05.06.2019 a los fines que las ultimas autoridades reconocidas ante este Organismo procedan a tomar conocimiento del estado de la entidad y regularicen su situación.-
Que por Expediente N° 5877- 211-2019 de fecha 28.11.19 la entidad adjunta documentación resultante de una Asamblearia General Extraordinaria convocada para el 26/11/2019 a los efectos de proceder a la renovación de autoridades.-
Que el Dpto. Civiles de esta repartición observa en sus formalidades la instrumental y advirtiendo además a la entidad su situación irregular y el estado de acefalia institucional al momento de convocar por si misma a Asamblea.-
Que tomando intervención el Dpto Legales de este Organismo en fecha 20.01.2020 analiza la presentación:1.- La parte interesada deberá presentar junto al formulario y la instrumental adjuntada una Nota de Elevación al Sr. Director del Organismo manifestando el motivo u objeto de su presentación 2.- Se destaca: acta de Asamblea- Padrón de socios 2019 - Actas de Junta electoral – Publicidad en el Boletín Oficial – Nomina de Comisión Directiva Se observa especialmente una Acta N° 29 de fecha 15 de Noviembre de 2019. No obstante lo expresado por los “asociados “ quienes son quienes convocan a una Asamblea debe tenerse presente que la facultad que se arrogan fundada en el Art 31 del Estatuto 31 NO ESTA INTERPRETADA CORRECTAMENTE.- Atento la letra del artículo se trata de opciones que se convocan a Asamblea Extraordinaria en casos excepcionales ante la autoridades con mandato de la entidad NO RESULTANDO...

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