RESOLUCIONES 94 / 2017 RESOLUCION de 4 de Mayo de 2017

Fecha de Entrada en Vigor19 de Mayo de 2017
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2017
Número de Boletín29004
Fecha de Publicación18 de Mayo de 2017
Número de documento59663

DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 94/2017-DPJ, del 04/05/2017.

VISTO: El Expediente N° 2649-211-C-2016 y agregados mediante el cual la Entidad denominada Colegio de Diseñadores Gráficos de Tucumán solicita ante este organismo se lo registre como Persona Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Colegio fue creado con el carácter de Persona Jurídica de Derecho Público no estatal a través de la Ley N° 8777- Art. 7 sancionada el 27 de abril de 2015.-

Que a través del presente tramite la entidad se somete voluntariamente a la fiscalización de este organismo ya que dado el carácter otorgado por la mencionada ley de creación debe procederse solo a su registración y sin que tal acto implique otorgamiento de personería jurídica por esta Dirección conforme facultades de la Ley N° 8367 y Modificatoria.-

Que a tal fin acompañan en los presentes actuados; Acta de designación de junta electoral ad- hoc de fecha 31-08-2015 – art. 53 (Art. 03 a 06), nomina de autoridades – Arts. 20, 27 y 34 de ley (Fs. 34) y en Expte N° 4249-211-c-2016 el acta de proclamación de autoridades en asamblea de fecha 21-09-2015 por el termino de dos años -Art. 55 de Ley- (Fs. 91 y 92).-

Que corresponde precisar, dado el tiempo transcurrido desde la sanción de la Ley de Creación del Colegio, que el acto que este organismo emite no implica la convalidación de actos desarrollados en el seno de la entidad desde el reconocimiento legal hasta la fecha de la actual registración.-

Que debe asimismo determinarse un plazo para que las autoridades del Colegio presenten ante este organismo la instrumental referente a aprobación y textos ordenados del Código de Ética y Disciplina y Reglamento interno requerido por su legislación –Art. 56- para proceder a la oportuna registración presentados por Expte N° 1696-211-c-2017 con las correcciones señaladas de oficio por áreas intervinientes de esta Dirección.-

Que atento dictámenes de las áreas intervinientes y disposiciones legales y reglamentarias vigentes;

LA DIRECCIÓN DE

PERSONAS JURÍDICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

REGISTRAR a partir de la fecha al Colegio de Diseñadores Gráficos con domicilio legal en la Ciudad de San Miguel de Tucumán el que fuera creado por Ley N° 8777- Art. 7°- en el carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, sin que ello implique por parte de este organismo la convalidación de actos desarrollados por el mismo desde su creación...

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