RESOLUCIONES 79 / 2018 SIPROSA de 12 de Marzo de 2018

Fecha de Entrada en Vigor17 de Marzo de 2018
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2018
Número de Boletín29210
Fecha de Publicación16 de Marzo de 2018
Número de documento64997

SIPROSA. RESOLUCIÓN N° 79/SPS, del 12/03/2018. EXPEDIENTE N° 698/410-JD-2018.-

VISTO: que por estas actuaciones la Coordinado de la Junta de Evaluación de Discapacidad y Categorización de Prestadores, adjunta documentación por la cual se realizó la Categorización Definitiva al establecimiento denominado "C.E.T.I.N.N.E S.R.L., CUIT N° 30-71223388-1, bajo la Representación Legal e María Elena Pasteris, sito en calle Bascary N° 490 de Yerba Buena, Tucumán, y

CONSIDERANDO:

Que a fs.3 se acompaña la respectiva Constancia de Categorización Servicios de Atención, dando cuenta el nivel de categorización definitiva otorgado a dicho establecimiento, en la modalidad Centro Educativo Terapéutico, Categoría A, Jornada Simple, Turno Mañana, con un Cupo de 30;

Que asimismo informa que dicha Categorización tiene validez por el término de cuatro (4) años y se mantiene vigente mientras no se produzcan modificaciones de infraestructura, equipamiento y recursos humanos, según figura en la Resolución N° 593/DFSS del 24 de Agosto de 2016;

Que a fs. 6/39 se adjunta Guía de Evaluación Institucional -Básica-, Guía de Evaluación Institucional Centro Educativo Terapérutico, Guía de Evaluación Físico Funcional -Modalidades Ambulatorias, Guía de Evaluación Físico Funcional -Básica-, Guía de Evaluación Físico Funcional -Planilla de Ambientes; inherentes al presente trámite;

Que cabe destacar que por Resolución N° 721/21-MSP83, se dispuso que la Junta de Evaluación de Discapacidad y Categorización de Prestadores, creada por Decreto N° 2053/21-MAS-99, pasen a la órbita del Sistema Provincial de Salud;

Que por lo expuesto no existen observaciones legales que formular al presente trámite, indicando las medidas a adoptar;

Que habiéndose producido la causal de impedimento prevista en el Artículo 12° de la Ley N° 5652, el presente acto administrativo será suscripto por el Secretario Ejecutivo Médico, conforme a lo allí establecido.

Por ello, en uso de las...

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