RESOLUCIONES 69 / 2019 DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS de 1 de Abril de 2019

Fecha de Entrada en Vigor25 de Abril de 2019
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2019
Número de Boletín29478
Fecha de Publicación24 de Abril de 2019
Número de documento71959

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS. RESOLUCION NRO 69/2019, del 01/04/2019.-

VISTO: el expte Nro. 795/2019 de la Asociación Civil de Concesionarios Oficiales de Juegos de Azar de Tucumán (ACCOJA) - Legajo Nro. 7159 y con domicilio declarado en calle San Martin Nro. 666 – 5to piso Oficina 3 - San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán y

CONSIDERANDO:

La entidad obtuvo Personería Jurídica mediante Resolución Nro. 101/2013 D.P.J de fecha 09/05/2013.

Que por Resolución Nro. 32/2019 D.P.J. se declaro irregular e ineficaz el proceso electoral llevado a cabo por la Junta designada en Asamblea General Ordinaria de fecha 06/06/2018 y la proclamación de autoridades realizada el día 27/08/2018.

Que el fundamento del dictado de ese acto administrativo era la prohibición en el estatuto de la asociación en la reelección de los cargos de Presidente y Vicepresidente.

Que previo a la emisión de ese acto administrativo esta Dirección procedió a notificar las observaciones a la entidad notificado el Sr. Presidente en expte. Nro. 5530/20 19 de dictámenes de fecha 01/11/2018 (fs. 39) 06/11/2018 (fs. 40 vuelta) como así también la citación policial remitida por este Organismo 20/11/2018 (fs. 41) sin que la asociación realice o presente descargo antes de la emisión de la Resolución Nro. 32/2019.

Que por expte Nro. 795/2019 de fecha 11/0312019 la entidad presenta descargo indicando que se había procedido a reformar el estatuto de la asociación en su oportunidad y se había eliminado esa cláusula (reforma parcial de estatuto aprobada por esta Dirección por Resolución Nro. 158/2016).

Que habiendo cotejado en el sistema informático el estatuto reformado y en virtud del descargo realizado en esta oportunidad...

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