Resoluciones 69 / 2006. Resolucion del 08 de Noviembre de 2006. Aviso Nro: 12173

Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2006
Número de Boletín26416
Fecha de Publicación17 de Noviembre de 2006

HONORABLE JUNTA ELECTORAL. RESOLUCION N° 69 /06 H.J.E.P., del 08/11/2.006. Ref:

Partido "Compromiso Taficeño" s/pedido de reconocimiento de Personería Jurídico-Política. VISTO:

La solicitud de reconocimiento de personería jurídico política, en jurisdicción de la municipalidad de Tafí Viejo, de la agrupación de referencia, y CONSIDERANDO:

Conforme surge de los antecedentes del presente legajo se ha cumplimentado con los requisitos de los artículos 7° y 8° de la Ley N° 5.454 (Orgánica de los partidos políticos).- Así lo establece Resolución de fecha 26/06/06 corriente a fs. 38 de estas actuaciones. A fs. 40 vta. corre informe actuarial sobre el cumplimiento de lo establecido en el Art.9° de la Ley 5.454. Que del análisis de la documentación arrimada se determina consonancia con el espíritu de la norma contenida en los artículos 28 y 29 de la citada ley. A fs. 86 consta la realización de la audiencia que manda el art. 2° lnc.b) del Dcto. 1835/14 (Reglamento de la Ley 5.454) sin que persona alguna haya comparecido a formular oposición. Se glosan en autos las notificaciones a los partidos actuantes en la jurisdicción. De acuerdo al artículo 26° de la Ley N° 5.454 y a la Resolución del 22/04/03 corresponde que a la presente agrupación se le otorgue el número 082. Por ello y conforme lo dictaminado por la señora Agente Fiscal en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la 1° Nominación, se RESUELVE:

  1. Reconocer personería jurídico política a la agrupación "Compromiso Taficeño" para actuar como partido político en la jurisdicción de la municipalidad de Tafí Viejo, Departamento homónimo. II.- Otorgar el número 082 al mencionado partido según lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del 22/04/03. III.- Publíquense edictos por un día, libre de derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la declaración de principios y bases de acción política, carta orgánica y la presente resolución. Hágase saber. Dr. Alfredo Carlos Dato, Presidente; Dr. Antonio Daniel Estofan, Vocal; Dr. Fernando Arturo Juri, Vocal. Partido Político Municipal “Compromiso Taficeño” Declaración de Principios El partido político municipal Compromiso Taficeño, de Tafí Viejo, nace como una necesidad de un grupo de ciudadanos de contar con la posibilidad de hacer realidad los anhelos de los taficeños, de habitar un Municipio caracterizado por la protección de los derechos, libertades y garantías constitucionales; por proveer de un amplio marco de contención y atención de los legítimos requerimientos de sus habitantes, y dar respuesta suficiente a las distintas necesidades reales e insatisfechas de los mismos.- Asimismo, reconoce el sistema de gobierno representativo, republicano y federal, con elección directa de sus autoridades, y el voto universal, igual, secreto, obligatorio y de extranjeros; la elección a simple pluralidad de sufragios para el órgano ejecutivo municipal y un sistema de representación proporcional y pluralista para el Concejo. Además declara y adhiere a la forma republicana representativa con las siguientes características:

soberanía popular; separación de los poderes; igualdad ante la ley; garantía de la libertad, de la dignidad de la persona humana y del desarrollo integral del hombre; vigencia plena del estado de derecho, de los derechos humanos y la justicia social; periodicidad de los mandatos de los gobernantes elegidos por el pueblo y publicidad de sus actos para asegurar su transparencia; control y responsabilidad de los gobernantes, por los actos de gobierno; poder de policía del Estado, con justo intervencionismo. También sostiene la importancia de la autarquía municipal que nos permita administrar lo propio, que es el sistema más avanzado de descentralización interna y la autonomía municipal -con el principio generalmente admitido- del derecho de los habitantes a elegir sus propias autoridades, y también la facultad de establecer la organización político-administrativa del municipio y de determinar las atribuciones y la esfera de acción del gobierno local, en armonía con las atribuciones del gobierno estatal. Sostenemos que el Municipio debe ser un ámbito en el que el hombre desarrolle su vida en libertad, no solo debe ser una descentralización administrativa sino que no se le deben negar en este municipio los beneficios, y que estos beneficios sean iguales tanto para las zonas céntricas como para las zonas periféricas de la ciudad.- Bases de Acción Política Con el propósito de asegurar la plena vigencia de los principios señalados, el Partido político “Compromiso Taficeño” de Tafí Viejo persigue:

1) Convertir al Municipio en un ámbito de paz, progreso y respecto a los derechos de los ciudadanos. 2) Reformar al “Estado” Municipal, el cual es tutor prioritario de la prestación de los servicios locales y por ello debe reasumir el protagonismo que le corresponde. En tal sentido el municipio, célula política vital para la democracia dado su grado de inmediatez con el ciudadano, se redimensionará en su estructura institucional , en su extensión geográfica y en la intransferibilidad de sus prestaciones.- 3) Protección al medio ambiente:

queremos un medio ambiente sano, que no afecte el desarrollo de la vida, ni que en él existan factores que puedan agredirla, sino que por el contrario el ambiente, como conjunción de naturaleza y cultura, debe facilitar la perfección y realización de la plenitud humana física, mental y social.- Queremos un ambiente que no excluya al hombre, ni un hombre que excluya al ambiente. Una simbiosis entre ambiente y actividades humanas que haga posible el desarrollo y el crecimiento de la persona sin destruir el entorno. Por ello, la predicación obligada de la ética con la ecología y de ésta con la bioética ante los desafíos demográficos, de la alimentación, del urbanismo y del desarrollo sostenible, demandan nuevas respuestas jurídicas, que de ahora en más podremos dar, en tanto la Constitución jerarquiza este derecho, lo reconoce y lo manda proteger, con lo cual los “bienes tutelables” necesitarán sólo del derecho procesal ambiental para su eficacia consolidada.- 4) El municipio en el desempeño de sus específicos objetivos, debe delimitar su actividad de prestador a las funciones básicas:

educación, seguridad, salud, y delegar o transferir a los particulares los otros servicios, contribuyendo a una acción eficaz en miras a alcanzar el bien común, no obstante, para asegurar una prestación eficiente y justa en la privatización de los servicios públicos, el municipio debe estar presente, regulando, controlando, supervisando, asegurando y garantizando los derechos y obligaciones de los protagonistas del servicios:

los prestadores y usuarios.- 5) Concebimos la autonomía municipal, con la facultad del municipio de reformar su carta orgánica, para contemplar entre otros, los derechos de iniciativa, consulta popular, plebiscito, referéndum, revocatoria, descentralización municipal, la preparación y consideración del presupuesto de gastos y recursos (presupuesto participativo), el ordenamiento jurídico de la acción popular como control externo de la Administración Pública municipal, con plena independencia, sin limites para la celebración de audiencias publicas para oír comentarios y observaciones y para el control y defensa del medio ambiente y para la fiscalización, con libertad de requerir o acceder a las fuentes de información publica, de acuerdo a la ley que en su consecuencia se dicte, que aseguren:

  1. independencia del controlante respecto del controlado; b) un ámbito suficiente de lo controlado, es decir, no debe haber limites para el control; c) libertad para la función de control:

    libertad de información, derecho de critica, publicidad de los actos de poder, o sea, el pleno ejercicio de la democracia participativa a nivel municipal.- 6) Fomentar la Participación ciudadana, siendo indispensable para ello, que exista credibilidad en el Estado, en cuanto a que se lo considere democrático, honesto y eficaz, o sea, representativo en todos los niveles, descentralizado, y firme defensor de las libertades públicas, a fin de que las políticas expuestas sean sometidas a juicio y modificadas para mejorar la calidad de vida de la gente.- 7) Medidas a adoptar para desarrollar la participación en la gestión de los asuntos municipales:

  2. Intensificar los intercambios de información y la comunicación en el nivel local entre los ciudadanos y sus representantes elegidos a fin de mejorar las posibilidades ofrecidas a los ciudadanos para ejercer su influencia y más particularmente:

    - Desarrollar la información municipal poniendo en marcha una verdadera política de información, especialmente conferencias de prensa, boletines, folletos, asambleas municipales y reuniones informativas sobre asuntos del municipio. - Permitir y facilitar el acceso del público a las reuniones municipales, asegurando su publicidad a fin de obtener la mayor transparencia de la administración local. b) Aumentar la influencia de los ciudadanos en la planificación municipal y, de manera general, sobre las decisiones estratégicas y a largo plazo, y de forma particular:

    - Dar a los ciudadanos la posibilidad de intervenir en las diferentes etapas de los procesos de decisión, especialmente dividido esos procesos en varias fases, como por ejemplo, programación, proyectos y variantes, y puesta en ejecución. - Ilustrar la planificación mediante una documentación adecuada (mapas, maquetas, técnicas audiovisuales) y en la medida de lo posible, tenerla a disposición del público durante todo el proceso de planificación.- c) Reforzar la influencia del ciudadano sobre su medio de vida y desarrollar la importancia dada a las actividades municipales sobre el plano local, y particularmente:

    - Facilitar las condiciones de trabajo de las organizaciones voluntarias, especialmente en las zonas urbanizadas. - Promover la creación, a nivel barrio, de diferentes tipos de órganos...

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