RESOLUCIONES 60 / 2017 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 31 de Julio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Agosto de 2017
Fecha de la disposición31 de Julio de 2017
Número de Boletín29056
Fecha de Publicación 2 de Agosto de 2017
Número de documento61040

DIRECCIÓN GENRAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 60/17, del 31/07/2017.

VISTO la Ley N° 8873, restablecida por Ley N° 9013, y las RG (DGR) Nros. 42/17 y 49/17, y

CONSIDERANDO:

Que persistiendo los motivos que fundaron el dictado de las RG (DGR) Nros. 42/17 y 49/17, es que corresponde mantener las condiciones que brinden la posibilidad de acogimiento al régimen restablecido por la Ley N° 9013 a todos los sujetos pasivos de los tributos provinciales, disponiendo a tal fin una nueva prórroga de los vencimientos de las obligaciones tributarias correspondientes a los meses de abril a julio de 2017 -vencidas hasta el 31 de julio de 2017- de forma tal de posibilitar el cumplimiento de la condición del artículo 3° del citado Régimen Excepcional de Facilidades de Pago;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;

Por ello, en virtud de lo establecido en el artículo 42 y concordantes del Código Tributario Provincial,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Al solo efecto de lo dispuesto en el primer y segundo párrafo del artículo 3° de la Ley N° 8873, restablecida por Ley N° 9013, considéranse cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 31 de agosto de 2017 inclusive, con los respectivos intereses establecidos en el artículo 50 del Código Tributario...

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