RESOLUCIONES 592 / 2016 RESOLUCION de 7 de Noviembre de 2016
Fecha de Entrada en Vigor | 19 de Noviembre de 2016 |
Fecha de la disposición | 7 de Noviembre de 2016 |
Número de Boletín | 28884 |
Fecha de Publicación | 18 de Noviembre de 2016 |
Número de documento | 56873 |
SI.PRO.SA. RESOLUCION N° 592/SPS, del 07/11/2016.
EXPEDIENTE N° 4945/410-S-2.016 y ag.-
VISTO, que por las presentes actuaciones Secretaría Ejecutiva Administrativo Contable del Organismo, solicita a la Secretaría General de la Gobernación, tenga a bien considerar la inclusión del Sistema Provincial de Salud en los alcances del Decreto N° 788/1 de fecha 18-03-16, a fin de que se implemente la modalidad de Recibo de Sueldo Digital para los empleados de esta Repartición, y
CONSIDERANDO
Que en autos obra fotocopia de dicho Decreto, por cuyo artículo 1° se dispone implementar la modalidad de recibo de sueldo digital para todos los empleados de la Administración Pública Provincial, y por el artículo 7° del mismo se invita a los Organismos, que no liquidan sus haberes a través de la Dirección General de Sistemas, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a realizar las acciones pertinentes para la implementación de la modalidad que establece el citado Decreto;
Que a fs.1 se informa que la digitalización de la boleta de haberes constituirá un significativo ahorro para el Sistema Provincial de Salud, y un avance en la informatización de los procesos, tarea que en el área de salud se lleva a cabo con especial interés;
Que asimismo, se considera que esta modalidad brindará seguridad a los empleados y accesibilidad a las gestiones ante otros organismos del Estado y entidades bancarias;
Que por expediente n° 4946/410-S-16, agregado al de la referencia, se formalizó idéntica solicitud ante la Subsecretaría de Modernización del Estado;
Que teniendo en cuenta que los objetivos del Decreto n° 788/1-2016 son la despapelización, accesibilidad y confianza, como así también su uso tanto en la parte estatal como privada, dicha Subsecretaría es de opinión que no existen impedimentos para la implementación de lo expuesto, proporcionando a fs.3/4 los aspectos a tenerse en cuenta a tal fin;
Que habiendo tomado conocimiento de las disposiciones del aludido Decreto, a fs.6 el Departamento de Informática, estima oportuno que mediante acto resolutivo se disponga la adhesión del Sistema Provincial de Salud al mencionado proyecto;
Que en cuanto al encuadre legal del presente trámite, debemos destacar que el artículo 3° de la Ley n° 5.652, dispuso la creación del Sistema Provincial de Salud con el carácter de autárquico y el artículo 6° de la referida legislación establece que el Gobierno del Si.Pro.Sa. estará a cargo del Ministro de Salud Pública de la Provincia, quien...
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