RESOLUCIONES 5318 / 2014 RESOLUCION 5318 de 30 de Septiembre de 2014

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2014
Número de Boletín28369
Fecha de Publicación15 de Octubre de 2014
Número de documento41844

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO. RESOLUCION N° 05318, del 30/09/2014. Expte. N° 9308/440-2011. --- VISTO, las presentes actuaciones por las que la Dirección del Área de Recupero y Regularización Dominial del IPVDU, solicita la aprobación de un PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS, para los adjudicatarios de unidades habitacionales que se encuentren en mora en el pago de las mismas; y CONSIDERANDO: que, en concordancia con la Resolución N° 7081/12 que caducó el 31 de diciembre de 2013 del PLAN DE REGULARIZACION DE DEUDAS, que fuera aprobado por Resolución N° 4872/2011, resulta pertinente la implementación de un nuevo Plan adecuado a las normas emanadas de las Resoluciones 6972/2012 y su rectificatoria 1150/2013 y 5922-2013; que, la vigencia del nuevo Plan será hasta el 31 de Marzo de 2015, pudiendo prorrogarse y/o modificarse de acuerdo a las circunstancias que así lo justifiquen; que, el Titular o Cotitular moroso, deberá solicitar mediante un FORMULARIO – SOLICITUD, la reestructuración integral del plan de amortización, por haber quedado sin efecto el mismo, como consecuencia de la mora incurrida en el pago; que, el presente PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS, implicará refinanciar la deuda de capital, con condonación parcial de intereses punitorios, mediante CONVENIO DE REFINANCIACION con fuerza ejecutiva firmado por ante escribano público, manteniendo el precio de la vivienda y acortando el plan de pagos vigente, con una cuota mínima; que, el presente PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS está destinado a los titulares de viviendas, morosos, con deuda vencida igual o superior a siete (7) cuotas consecutivas o alternadas; que, según lo dispuesto por el Art. 30°, punto 2. de la Ley N° 3.619, el Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano, tiene atribuciones para la fijación de precios justos y formas accesibles de amortización para las distintas soluciones; que, durante la vigencia del presente plan, queda suspendida la aplicación de toda disposición de refinanciación de deuda que se oponga al presente PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS, mientras se encuentre vigente el mismo; que, atento a lo expuesto, y al Dictamen de la Dirección del Área Legal, obrante a fs. 112, corresponde emitir el presente acto administrativo que apruebe las condiciones, requisitos y metodologías para acceder al PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS DEL IPVDU. Por ello:

LA INTERVENCION DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

RESUELVE:

Art.1°.-: APROBAR las condiciones y requisitos para acceder al PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS DEL IPVDU, que regirá hasta el 31 de marzo 2015, que como ANEXO I se adjunta a la presente Resolución, en un todo de acuerdo a los considerandos explicitados ut supra y a informes obrantes en autos.-

Art.2°.: APROBAR las metodologías para acceder al PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS DEL IPVDU, que como ANEXO II se adjunta a la presente Resolución.-

Art.3°.-: APROBAR el FORMULARIO – SOLICITUD de adhesión al presente PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS DEL IPVDU, que como ANEXO III se adjunta a la presente Resolución.-

Art.4°.-: SUSPENDER la aplicación de toda otra normativa de refinanciación de deuda que se oponga al presente PLAN DE REFINANCIACION DE DEUDAS DEL IPVDU, mientras se encuentre vigente el mismo.-

Art.5°.-: PUBLICAR el presente acto administrativo en el Boletín Oficial de la Provincia, por el término que ordene la Ley.-

Art.6°.-: COMUNICAR a: a Áreas y Departamentos de este Instituto, a los fines que cada uno le competa. Cumplido, PASE a la Dirección del Área de Recupero y Regularización Dominial, a sus efectos.- Firmado Ingeniero Gustavo E.Duran, Interventor del Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano.

ANEXO I:

  1. -CONDICIONES GENERALES PARA ACCEDER AL PLAN DE REESTRUCTURACION INTEGRAL DE DEUDAS.

    1.1.- Sólo podrán adherirse los Titulares o Cotitulares adjudicatarios de las viviendas con planes de amortización con 7 (siete) o más cuotas en mora.

    1.2.- Quedan excluidos del presente Plan las situaciones de mora en el pago del canon locativo, de las viviendas concedidas en locación.

    1.3.- No podrán solicitar su adhesión al presente Plan.

    1.3.1.- Los que tengan Juicio contra el Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano, a menos que lo soliciten y se encuadren a lo dispuesto en el Punto 4 del presente Anexo.

    1.3.2.- Los Titulares morosos que habiendo sido formalmente intimados por Carta Documento, o se hubieran notificado personalmente bajo firma, y no se presentaron en tiempo y forma a abonar la deuda con este Organismo y/o se les...

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