RESOLUCIONES 508 / 2016 RESOLUCION de 19 de Septiembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor30 de Septiembre de 2016
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2016
Número de Boletín28849
Fecha de Publicación29 de Septiembre de 2016
Número de documento55907

SI.PRO.SA. RESOLUCION N° 508/SPS, del 19/09/2016. Expte. N° 7261/410-S-2016.

VISTO que en las presentes actuaciones el Sr. Secretario Ejecutivo Medico del Sistema Provincial de Salud, eleva a consideración de la Sra. Ministra de Salud Pública, el Proyecto de Creación de la Dirección General de Salud Mental y Adicciones, bajo la dependencia jerárquica de la Secretaria Ejecutiva Medica, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 02/32 se acompaña proyecto de creación de la Dirección General de Salud Mental y Adicciones; Organigrama, y Manual de Misiones y Funciones, respecto de las cuales no se formulan observaciones legales para su aprobación, salvo en lo referente a la delegación de reubicación laboral del personal de su dependencia, que deberá ser suprimida por cuanto dicha competencia corresponde a la Sra. Ministra de Salud de la Provincia (art. 9°, punto 35 de la Ley N° 5652) y a los Secretarios Ejecutivos del Sistema Provincial de Salud (Resolución N° 724/SPS-05);

Que en cuanto al encuadre legal del presente tramite, se debe destacar que la ley 5652 dispone en su artículo 9° “Son Atribuciones y Deberes del Presidente del SIPROSA. 4. Dictar las normas internas de funcionamiento del Sistema”;

Que el Dictamen Jurídico considera que no existen objeciones legales para el dictado del acto administrativo correspondiente.

Por lo expuesto, conforme facultades atribuidas por la Ley N° 5.652, y atento dictamen jurídico de fs. 34 y vlta.,

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD

RESUELVE:

  1. - Crear la Dirección General de Salud Mental y Adicciones, dependiente de la Secretaría Ejecutiva Medica del Organismo, y aprobar su organigrama y manual de misiones y funciones, que como ANEXO pasa a formar parte integrante de la presente resolución.-

  2. - Registrar, notificar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-

ANEXO

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE TUCUMAN

SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES

INTRODUCCION:

El incremento de la morbilidad por trastornos mentales, su impacto negativo en la calidad de vida de las personas, y la discapacidad asociada, determinó su priorización en el Plan Rector del actual Ministerio de Salud de la Provincia; documento a partir del cual se priorizaron estrategias a implementar a nivel programático y operativo, tendientes a disminuir la brecha existente entre las necesidades de atención de la población y la oferta actual de servicios en el ámbito público.

Dicho proceso implica el inicio de un proceso de reforma de la atención de salud mental, tendiente a transformar el modelo prestador asilar vigente, hacia una modelo de salud mental comunitaria, que garantice la accesibilidad y continuidad de la atención en el marco de la calidad y el respeto por los DDHH de los usuarios.

Para ello, se deben reforzar las líneas de trabajo intersectorial, tendientes a garantizar la integralidad de los abordajes, fortaleciendo acciones de promoción y prevención, desarrollando la investigación de factores asociados a problemáticas de salud mental en nuestro medio, contando con las acciones operativas de los diferentes dispositivos de atención en Salud Mental en los tres niveles de atención del Sistema Provincial de Salud.

Sin embargo se hace necesario profundizar la puesta en funcionamiento de dispositivos intermedios tales como Hogares, Residencias Supervisadas, Casas de Medio Camino, Hospitales de Día, Centro de Rehabilitación para Adicciones, Trastornos de la Alimentación etc., gestión que demandará un fuerte trabajo intersectorial con áreas y ministerios como el de Desarrollo Social, Justicia, Vivienda, Trabajo, Educación, etc, posibilitando institucionalizar respuestas de tratamientos integrales a las necesidades de los usuarios. Para ello, se debe dar continuidad al proceso de transformación de sus diferentes prácticas, hacia una orientación comunitaria que priorice la asistencia en la emergencia y patologías agudas, con internaciones abreviadas en todos los hospitales, aumentado la atención ambulatoria programada y reorientando la práctica de los hospitales monovalentes de Salud Mental, hacia un modelo de transformación a polivalente, aumentando la externación y desmanicomialización.

En este contexto la promulgación de la Ley Nacional de Salud Mental en Diciembre de 2010, y la Ley de Adhesión Provincial N° 8726, constituyen un marco normativo cuya implementación aportará un fuerte impulso al proceso de reforma mencionado, requiriéndose para su cumplimiento la profundización de las líneas estratégicas desarrolladas, acciones de control de gestión de los efectores creados, y la puesta en funcionamiento de acciones de fiscalización en el ámbito público y privado, así también como la institucionalización de un continuo trabajo intersectorial.

La organización, planificación y las estrategias a profundizarse en cada nivel, exigen una organización con un mayor nivel de complejidad, que posibilite la articulación y centralización del control de gestión, y la descentralización a niveles operativos; requiriéndose avanzar...

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