RESOLUCIONES 356 / 2017 DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS de 23 de Noviembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Diciembre de 2017
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2017
Número de Boletín29139
Fecha de Publicación30 de Noviembre de 2017
Número de documento63252

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCIÓN N° 356/2017-DPJ, del 23/11/2017.-

VISTO: El Expte. N° 6697-211-17 de fecha 30-10-2017 referente a la asociación Civil denominada: CLUSTER TECNLOGICO TUCUMAN ASOCIACION CIVIL con domicilio legal en la Provincia de Tucumán y sede en calle Combate de las Piedras N° 881 de San Miguel de Tucumán Legajo N° 7349 y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada entidad obtuvo personería jurídica como asociación civil por Resolución N° 36/15 DPJ de fecha 20-03-2015 .-encontrándose por ende bajo el control de esta Dirección .-

Que por el expte de referencia se pone en conocimiento de este organismo la reforma integral del estatuto sancionada en asamblea general extraordinaria de la mencionada entidad en fecha 01 de septiembre de 2017 destinada a adecuarlo a las disposiciones vigentes .-

Que acompañan a esos efectos ; acta de convocatoria ( fs. 44) , publicación en boletín ( Fs. 42) Acta de Asamblea (Fojas 15 a 38) , registro asistencia (fojas 45-46 ), padrón de asociados (Fojas 47 a 48) y texto ordenado de estatuto a Fojas 02 a 14.-

Que de conformidad a las actuaciones, la entidad guardó observancia de todos los recaudos exigibles por su Estatuto y la Normativa vigente del Organismo de contralor para el trámite de reforma -

Que la reforma tal como consta en el texto ordenado de los estatutos no altera los fines y naturaleza Jurídica de la asociación peticionante conforme los Artículos 141, 142 ,148 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.-

Por ello y de conformidad a lo estipulado por el Art. 157 del Cód. Civ. Y Com. Nación, Art. 4° inc. 1 y 11° inc. 1 de Ley N° 8367 y el Dcto. Reglamentario N° 2942/1(FE) del 29/08/2011;

Que obra dictamen de Dpto. Asociaciones Civiles, Asesoría legal interviniente y Subdirección,

Por ello y de conformidad a facultades legales y reglamentarias vigentes;

LA DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°

APROBAR la reforma integral del Estatuto de la asociación Civil denominada: CLUSTER...

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