Resoluciones 35 / 2006. Resolucion del 19 de Mayo de 2006. Aviso Nro: 9147

Fecha de la disposición23 de Mayo de 2006
Número de Boletín26292
Fecha de Publicación23 de Mayo de 2006

DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCION GENERAL N° 35-06, del 19/05/2.005. VISTO las modificaciones introducidas al Código Tributario Provincial por la Ley N° 7720 y las actas labradas por los Departamentos Auditoría y Control de Gestión y Técnico Legal, con fecha 18 de mayo de 2006, de esta Dirección General de Rentas, y CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley citada en el Visto se introducen modificaciones en el Impuesto de Sellos; Que, mediante las mencionadas Actas se habilitan siete (7) sellos aforadores con margen de seguridad, con la leyenda "Dirección General de Rentas - Impuesto de Sellos - Tributo - Emisión - RECARGO - Vencimiento - Total - Firma", Identificados Con Las Letras T, U, V, W, X, Y y Z; Que los citados sellos fueron habilitados al solo efecto de ser utilizados en la determinación del impuesto -AFORO- en todos los instrumentos presentados espontáneamente en Delegación Capital Federal y Receptorías de Aguilares, Banda del Río Salí, Monteros, Tafí Viejo, Amaicha del Valle, Concepción, estableciéndose que en ningún caso los mismos serán válidos a los efectos de acreditar el pago del Impuesto de Sellos y recargos; Que a efectos de detectar y evitar cualquier tipo de uso indebido de sellos, que pueda generar consecuencias no deseadas tanto para los contribuyentes y/o responsables como para esta Dirección General de Rentas, resulta...

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