RESOLUCIONES 3131 / 2017 IPLA de 29 de Junio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor12 de Julio de 2017
Fecha de la disposición29 de Junio de 2017
Número de Boletín29040
Fecha de Publicación11 de Julio de 2017
Número de documento60512

I.P.L.A. RESOLUCIÓN N° 3131/480–17–IPLA, del 29/06/2017.

EXPTE. N° 1700/480-17-IPLA.-

VISTO que por el presente Expediente se tramita la adquisición de 1 (un) servidor informático para el Organismo y;

CONSIDERANDO

Que a fs. 1 corre agregada nota del Ing. Hernán Mirabal, Coordinador Tecnológico del IPLA, en la que expone la necesidad de proceder a la adquisición de 1 (un) servidor informático y 1 (un) Rack para el centro de cómputos del IPLA, para reemplazar a los servidores existentes, que hoy en día resultan obsoletos, y unificar en uno solo de mayor rendimiento y eficiencia, y requiere se arbitren los mecanismos pertinentes del caso para proceder a la compra del bien en cuestión.

Que a fs. 2/4 se adjuntan presupuestos de las firmas del rubro, “.COM.AR” y “COMPUTRONIC S.R.L”, detallándose en los mismos los elementos necesarios y monto presupuestado para el armado del nuevo servidor.-

Que a fs. 6, Dirección de Administración del IPLA solicita información sobre la existencia de crédito presupuestario en la Sub Partida 436 por un monto estimado de $ 224.900 (pesos doscientos veinticuatro mil novecientos), y en la Sub Partida 437, por un monto de $ 47.896,70 (pesos cuarenta y siete mil ochocientos noventa y seis con 70/100) correspondiente al monto aproximado para la compra del servidor solicitado.

Que a fs. 07, la Oficina de Ejecución Presupuestaria informa que existe crédito suficiente para afrontar el gasto en cuestión en la Partida 400, Sub Partidas 436 y 437.-

Que, cabe destacar, la finalidad y ventajas específicas perseguidas con la adquisición del servidor solicitado es la de obtener seguridad informática, tanto a nivel lógico cuanto físico, debido a la utilización de equipamiento específicamente fabricado para dicha función. Esto significa el uso de equipo especialmente preparado para funcionar las 24 horas del día, los 365 días del año, trasmitiendo datos y brindando información a los sistemas de gestión del Organismo con un mínimo riesgo de falla de hardware.

Que, así también, la compra de los servidores resultarán de gran importancia para el cumplimiento de las funciones propias de la Institución, debido a que mediante a los mismos se logrará la optimización en la utilización de los sistemas de gestión, cobros y manejos de expedientes del IPLA en Casa Central y en las delegaciones de Concepción y Alberdi, ayudando a unificar las metodologías en el manejo de sistemas de expedientes del Organismo. Todo ello continuando con la política de modernización de la Institución seguida por la Superioridad.

Que corre agregado en nota de fs. 1, informe técnico del Sr. Coordinador Tecnológico Ing. Hernán Mirabal, respecto de las características que deben reunir los equipos a adquirir.

Que a fs. 11, el Departamento Jurídico emite su dictamen, entendiendo que de acuerdo al monto de la contratación proyectada y estando a lo dispuesto por la Ley 6.970 de Administración Financiera, se debe proceder al llamado a Licitación Pública a los efectos de realizar las contrataciones necesarias para la compra del servidor informático en cuestión, de acuerdo al procedimiento establecido por el Decreto N° 22/1 (Régimen de Contrataciones de la Provincia).-

En consecuencia, debe procederse a dictar el instrumento legal que disponga el llamado a Licitación Pública;

Por ello, y conforme las atribuciones conferidas a la Intervención del IPLA y las facultades de la Ley 7243;

LA INTERVENCION DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO

RESUELVE:

ARTICULO 1° DISPONESE el Llamado a Licitación Pública N° 02/2017 para la adquisición de 1 (un) servidor para ser utilizado en el Centro de Cómputos del IPLA, por un monto estimado de $ 272.797 (Pesos doscientos setenta y dos mil setecientos noventa y siete), conforme las características técnicas detalladas y aprobadas en el Pliego de Bases y Condiciones, y por las razones consideradas.-
ARTICULO 2° APRUEBASE el pliego de Bases y Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas y Complementarias para la Licitación Pública que se agrega como parte integrante de la presente resolución.-

ARTICULO 3°.- INTRUYASE a la Sra. Secretaria Ejecutiva y Dirección de Administración del Organismo a instrumentar las gestiones necesarias a la implementación de lo ordenado mediante el presente.-

ARTICULO 4° IMPUTESE la erogación resultante del presente llamado licitatorio a la Partida Principal 400 – Sub partida 436, por un importe estimado de $ 224.900 (pesos doscientos veinticuatro mil novecientos), y a la Sub Partida 437, por un monto de $ 47.896,70 (pesos cuarenta y siete mil ochocientos noventa y seis con 70/100) del Presupuesto General vigente del IPLA para el año 2017-
ARTICULO 5° COMUNIQUESE, remítase a la Delegación Fiscal del Honorable Tribunal de Cuentas, cúmplase y archívese.-

PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

DEL LLAMADO A LICITACION PUBLICA N° 02/2017

ANEXO RESOLUCION N° 3131/480/17-IPLA

DISPOSICIONES GENERALES ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículos 1 a 22
Artículo 1°

Las normas contenidas en el presente articulado constituyen el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Provincial, aplicables a contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas que celebren las reparticiones y organismos de la Administración Pública Provincial.

Las licitaciones públicas y privadas se regirán por las disposiciones de la Ley de Administración Financiera N° 6970, del Reglamento para compras y contrataciones del Estado Provincial vigente, del presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que incluirá las especificaciones técnicas que correspondan, y cualquier otra norma sobre esta materia o disposición que se dicte en cada caso particular, con posterioridad y que estuviera vigente a la fecha de apertura de la licitación.

CÓMPUTOS DE LOS PLAZOS

Artículo 2°

Todos los plazos establecidos en el presente Pliego y demás normas generales o complementarias, se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.

CONSULTAS

Artículo 3°

En caso que el pliego de bases y condiciones particulares no contenga previsiones y/o instrucciones respecto a las consultas y aclaraciones que los oferentes deseen formular, éstas podrán efectuarse ante el organismo que gestiona la contratación, por escrito, hasta 72 hs. antes de la fecha establecida para la apertura de...

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