RESOLUCIONES 31 / 2017 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de 4 de Octubre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor14 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2017
Número de Boletín29107
Fecha de Publicación13 de Octubre de 2017
Número de documento62415

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN N° I 31-17, del 04/10/2017.

Ref.: Expte. N° 48861/376-D-2017.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.-

VISTO lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley N° 5121 (t.c. 2009), y

CONSIDERANDO:

Que, conforme se encuentra acreditado en las actuaciones de la referencia, MONASTERIO GERONIMO LINO, CUIT N°20-13835862-4 con domicilio en BARRIO LOS PLATANOS MANZANA B LOTE 4 VICENTE GALLO N° 1900, de la localidad SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Provincia de TUCUMAN, cuya actividad desarrollada en forma habitual y a título oneroso es SERVICIOS, no se encuentra inscripto como contribuyente en esta Autoridad de Aplicación existiendo la obligación legal de hacerlo, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (artículos 26, 27, 214, 215 y concordantes del Código Tributario Provincial), es que corresponde proceder conforme lo habilita el artículo 105 del citado texto legal;

Que en virtud de lo dispuesto por la RG (DGR) N° 176/10, corresponde expedir constancia de inscripción en formulario 901 (F.901);

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Técnico Legal en los presentes actuados, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 105 del Código Tributario Provincial y lo establecido por la RG (DGR) N° 180/10 y sus modificatorias,

LA JEFA DEL DEPARTAMENTO RECAUDACIÓN

DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de la Provincia de TUCUMÁN a partir de 02/2015 inclusive, a MONASTERIO GERONIMO LINO,CUIT N° 20-13835862-4, con domicilio en BARRIO LOS PLATANOS MANZANA B LOTE 4 VICENTE GALLO N° 1900, de la localidad SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Provincia de TUCUMAN, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el código de actividad 453900, disponiéndose su incorporación al régimen especial de presentación de declaraciones juradas establecido por la RG (DGR) N°...

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