RESOLUCIONES 309 / 2011 RESOLUCION de 14 de Noviembre de 2011

Fecha de publicación19 Octubre 2011
Número de registro24511
Fecha de disposición14 Noviembre 2011
Número de Gaceta27638

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS. RESOLUCION N° 309/2011- D.P.J., del 14/10/2011.

VISTO:

La Resolución N° 295/11 y 296/11 DPJ, la Resolución 7/05 IGJ adoptado por Resolución 43/10 del 08/03/2010 y disposiciones de Ley 19836 de Fundaciones y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución 295/11 DPJ del 03/10/2011 el Organismo de Contralor aprueba nuevos modelos de Acta Constitutiva y Estatuto Tipo para las Fundaciones;

Que por Resolución 296/11 del 03/10/2011 DPJ se determinan condiciones para la composición y acreditación del patrimonio inicial en los mismos.

Que así también se hizo necesario adecuar algunos otros requisitos en el instructivo de esta Dirección para la constitución de Fundaciones, no solo por los cambios que la normativa vigente va determinando sino también por los requerimientos de los interesados en coincidencia con el criterio de este Organismo de Contralor.

Que en las modificaciones implementadas también se destacan la exigencia de presentación del plan trienal con su correspondiente base presupuestaria al inicio y en cada renovación con sus formalidades correspondientes según Ley 19836 y Resolución 7/05 IGJ.-

Por ello y en uso de facultades Ley 8367 y su Dcto. Reglamentario 2942/1 (F.E);

Dirección de Personas Jurídicas

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Apruébase el instructivo sobre requisitos exigibles para la Constitución de Fundaciones en la Provincia de Tucumán que se anexa a la presente resolución y que sustituye al que hasta la fecha se proveía por Mesa de Entradas de este Organismo de Contralor.-.

ARTICULO 2°

Determinar que en los trámites ya iniciados pendientes de dictámenes o dictamen con observaciones incumplidas se reclamará la adecuación a las nuevas exigencias.-.

ARTICULO 3°

Notifíquese, regístrese, publíquese en Boletín Oficial y Archívese.-.

REQUISITOS PARA OBTENER LA PERSONERIA JURIDICA DE FUNDACIONES:

1) Realizar el trámite de RESERVA DE NOMBRE, mediante la presentación de FORMULARIO N° 1. Una vez notificada la denominación aceptada, esa reserva tiene exclusividad para constituir una Fundación con ese nombre por el plazo improrrogable de 30 (treinta) días. Con dicha notificación se inicia el trámite de Personería con la presentación de la siguiente documentación:

2) FORMULARIO N° 3: Carátula de Expediente de solicitud de personería Jurídica, que se adquiere en la Dirección de Personas Jurídicas.-

3) ACTA DE CONSTITUCION: Conforme modelo tipo que se provee o propia. La...

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