RESOLUCIONES 289 / 2024 DIRECCION DE FLORA , FAUNA SILVESTRE Y SUELOS / 2024-08-29

Fecha de publicación11 Septiembre 2024
Fecha29 Agosto 2024
Número de Gaceta30.795
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial
San Miguel de Tucumán, 29 de agosto de 2024.
Resolución Nº 289 (DFFSyS)
Expediente N°1561/330-J-2024
VISTO el presente expediente mediante el cual el Jefe de Departamento de
Recursos Naturales y Fiscalización, solicita la actualización de los montos de multas por
infracciones establecidas en resolución Nº 47 (DFFSyS) del 04 de mayo del 2021; y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Ley Nº 6292, y las
modificaciones de las estructuras administrativas dispuestas por el Decreto Acuerdo 15/1 del
21/03/2017 es facultad de la Dirección de Flora, Fauna silvestre y Suelos, acceder a lo
solicitado;
Que por el proceso inflacionario de los montos vigentes a la fecha, dispuesto
por la resolución Nº 47 (DFFSyS) del 04/05/2021, han experimentado una reducción de su
valor;
Que la importancia de la conservación de los Recursos Forestales amerita
establecer medidas que aseguren un manejo responsable;
Que a fs.07 obra informe favorable del Servicio Jurídico con Dictamen legal
778 del 08/08/2024;
Por ello;
EL DIRECTOR DE FLORA, FAUNA SILVESTRE Y SUELOS
RESUELVE:
Artículo .- Dejar sin efecto la Resolución N° 47 (DFFSyS) del 04/05/2021.
Artículo 2º.-.Establecer en concepto de aforos para derechos forestales de acuerdo al
producto forestal a aprovechar, los siguientes valores:
Especie/Producto/Subproducto
Unidad
Monto $
Guili,
m3
4.000
Cedro, Lapacho
m3
1.000
Tarco, Quina
m3
1.000
Algarrobo, Nogal, Aliso, Palo Amarillo, Guatambu, Tipa
colorada, Peteribi, Mora, Guaica
m3
1.000
Pino, Eucaliptos, Álamo o cualquier otra especies
implantadas exóticas o nativas
Sin cargo
Cochucho, Quebracho blanco, Urundel, Cebil, Horco Molle
Quebracho colorado
m3
700
Viraru, Lanza, Arca, Zapallo Caspi, Afata, Ramo, Laurel,
Pacara, San Antonio, Sauce y otras especies
m3
700
Leña campana
m3
700
Leña Mezcla
m3
600
Carbón
m3
1.000
Varejones
c/u
100
Postes labrados
c/u
200
Postes no labrados y rodrigones
c/u
150
Chips
1 m3 Leña = 2,5 m3 Chips

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