RESOLUCIONES 274 / 2020 RESOLUCION IPACYM de 27 de Julio de 2020
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Agosto de 2020 |
Fecha de la disposición | 27 de Julio de 2020 |
Número de Boletín | 29783 |
Fecha de Publicación | 28 de Julio de 2020 |
Número de documento | 78050 |
RESOLUCION 274/450, del 27/07/2020
VISTO:
La Resolución N°358/2020 INAES, la cual dispone que mientras dure el período en que se prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general, como consecuencia del Estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio Nacional establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de Marzo de 2.020 del Poder Ejecutivo Nacional y la emergencia epidemiológica establecida en la Provincia por el Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 1/1 de fecha 13 de Marzo de 2.020 del Poder Ejecutivo Provincial, las declaraciones y recomendaciones que vienen emitiendo los Ministerios de Salud de la Nación y de la Provincia de Tucumán, frente al avance del Coronavirus (COVID-19) en todo el mundo y la declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de Pandemia Global al brote de dicho virus, y
CONSIDERANDO:
Que, en este estado, las Entidades Mutuales y Cooperativas expresaron los impedimentos para efectuar reuniones y asambleas presenciales de sus órganos directivos y de control y asociados siendo necesario prever un mecanismo que sustituya, en la emergencia, a las reuniones presenciales de los miembros de las cooperativas y mutuales mientras rijan las medidas restrictivas actuales, asegurando al mismo tiempo la efectiva participación de los asambleístas y el pleno ejercicio del principio de gobierno democrático esencial para este tipo de entidades.
Que en ese marco, le corresponde también al Instituto Provincial de Acción Cooperativa y Mutual (IPACyM), disponer medidas que permitan que las asambleas puedan cumplirse por los medios digitales, permitiendo la participación a distancia de la totalidad de sus integrantes, mientras dure esta emergencia sanitaria y eximir de la concurrencia física a los integrantes de los órganos directivos, y de control y asociados, a los fines de resguardar la salud de los mismos, con el objeto de disminuir la transmisión del citado virus;
Por ello y en uso de sus facultades conferidas por Ley N° 3.910/73, sus modificaciones y Decreto N° 30/1 de fecha 29/10/2.019;
EL INTERVENTOR DEL
INSTITUTO PROVINCIAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL
RESUELVE:
ART. 1°.- Adherirse a la Resolución 358/2020 INAES, que establece la celebración de las Asambleas de las Entidades Cooperativas y Mutuales de la Provincia, a través de la Modalidad a Distancia, con la utilización de los medios digitales correspondientes, mientras dure la situación de...
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