RESOLUCIONES 238 / 2019 SIPROSA de 31 de Mayo de 2019
Fecha de Entrada en Vigor | 14 de Junio de 2019 |
Fecha de la disposición | 31 de Mayo de 2019 |
Número de Boletín | 29513 |
Fecha de Publicación | 13 de Junio de 2019 |
Número de documento | 72729 |
SI.PRO.SA. RESOLUCION N° 238/SPS, del 31/05/2019.-
EXPEDIENTE N° 246/623-D-2019.-
VISTO: que por las presentes actuaciones la Dirección Estratégica de Programas para la Prevención y Cuidados de la Salud dependiente de la Dirección General del Programa Integrado de Salud solicita la aprobación del Programa del Dolor y Cuidados Paliativos que fuera elaborado por esa dependencia; y
CONSIDERANDO:
Que fs. 01 se informa que dicho Programa se elaboró en forma conjunta con una comisión de profesionales especialistas en la materia, pertenecientes a distintos efectores del Sistema Provincial de Salud y bajo la Coordinación del Dr. Maximiliano Muller;
Que a fs. 02/09 se adjunta propuesta de implementación del Programa del Dolor y Cuidados Paliativos, respecto del cual no se formulan observaciones para su aprobación;
Que el objetivo general del mencionado Programa es mejorar la calidad de vida y el alivio del sufrimiento de las personas con dolor (agudo y crónico) y/o enfermedades que amenacen con la vida, a través de la atención integral, equitativa, planificada y eficiente;
Que a fs. 10 el Sr. Secretario Ejecutivo Médico del Sistema Provincial de Salud autoriza la prosecución del trámite;
Que en cuanto al encuadre legal del presente trámite, se debe destacar que de conformidad a lo normado por el artículo 4°, punto 4) de la Ley N° 5652 son fines del Sistema Provincial de Salud lograr el acceso de la población a una asistencia médica integral, que contemple sus aspectos físico, mental, higiénico ambiental y estético, a través de una medicina humanizada, oportuna, eficaz y participativa, atendiendo siempre a la condición humana de sus destinatarios, y desterrando todo privilegio basado en su situación económica o social, y a su vez el artículo 9°, punto 4) establece que es atribución del Presidente del Sistema Provincial de Salud dictar sus normas de funcionamiento interno;
Que por lo expuesto no existen objeciones legales que formular al presente trámite;
Que habiéndose producido la causal de impedimento prevista en el Artículo 12° de la Ley N° 5652, el presente acto administrativo será suscripto por el Señor Secretario Ejecutivo Médico, conforme a lo allí dispuesto.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por Ley N° 5652, y atento al dictamen jurídico de fs.11 y vta.,
EL SECRETARIO EJECUTIVO MEDICO
A CARGO DE LA PRESIDENCIA
DEL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD
RESUELVE:
-
- Aprobar el Programa del Dolor y Cuidados Paliativos, elaborado por la Dirección Estratégica de Programas para la Prevención y Cuidados de la Salud dependiente de la Dirección General de Programa Integrado de Salud, que se adjunta a fs. 02/09 y que como Anexo pasa a formar parte integrante del presente Resolutivo.-
-
- Registrar, comunicar, notificar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
ANEXO
Programa Provincial de Dolor y Cuidados Paliativos
Contextualización
La International Association for the Study of Pain (IASP) define el dolor como una experiencia sensorial y emocional desagradable asociada con una lesión real o potencial de los tejidos, u ocasionada por dicha lesión.
Aliviar el dolor es un derecho del ser humano y una obligación ética de los profesionales sanitarios. El Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos hace énfasis en el derecho a un nivel adecuado de salud y bienestar, llevando implícito el derecho al adecuado tratamiento del dolor.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) determinó que el alivio del dolor es un derecho fundamental y que incurre en una falta de ética grave aquel profesional de la salud que impida a un ser humano el acceso a la posibilidad de alivio del mismo.
La responsabilidad de los profesionales en lo que respecta a proporcionar un control adecuado del dolor está recogida en el Juramento Hipocrático y en la Declaración de Ginebra, que exige ante todo velar por la salud del paciente. Asimismo, el Código Internacional de Ética Médica estipula que el médico debe a sus pacientes toda su lealtad y todos los recursos científicos disponibles para...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba