RESOLUCIONES 23 / 2018 IPAAT de 15 de Junio de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Julio de 2018
Fecha de la disposición15 de Junio de 2018
Número de Boletín29280
Fecha de Publicación 3 de Julio de 2018
Número de documento66888

INSTITUTO DE PROMOCIÓN DEL AZÚCAR Y ALCOHOL DE TUCUMÁN. RESOLUCIÓN N° 23/2018 (IPAAT), del 15/06/2018.

VISTO: el régimen de suministro de información mediante partes diarios establecido por la Resolución N° 18/2013 (IPAAT), y

CONSIDERANDO:

Que para la determinación de la cantidad de azúcar que cada ingenio azucarero debe constituir en garantía de sus operaciones de exportación de azúcar y para el desarrollo de sus procesos de refundición para la elaboración de alcohol al concluir la molienda es imprescindible el suministro de información precisa sobre la evolución de la producción.

Que la experiencia recogida en la aplicación de la resolución citada en el Visto hace aconsejable el establecimiento de modificaciones al sistema de información diaria de producción, tanto en lo concerniente a los datos requeridos, como a la vía a través de la cual la información es proporcionada, teniendo en cuenta que la remisión mediante correo electrónico, prevista originalmente, ha sido de hecho reemplazada por la carga de datos a través del sistema web del IPAAT.

Que por ello, y en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 15 y 4, incisos 1 y 9, de la Ley N° 8573, en su sesión de fecha 15/06/2018,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PROMOCIÓN

DEL AZÚCAR Y ALCOHOL DE TUCUMÁN

RESUELVE:

Artículo 1° Establecer que los ingenios azucareros y las destilerías de alcohol deberán informar diariamente sobre...

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