Resoluciones 223 / 2007. Resolucion del 20 de Junio de 2007. Aviso Nro: 15954

Fecha de disposición29 Junio 2007
Fecha de publicación29 Junio 2007
Número de Gaceta26568

JUNTA ELECTORAL TUCUMAN. RESOLUCION N° 223/07 (HJEP), del 20/06/2.007.

RESUELVE:

  1. Reconocer personería Jurídico política a la agrupación "Ciudadanos Unidos por Lules" para actuar como partido político en jurisdicción de la Municipalidad de Lules, Departamento homónimo. II.- Otorgar el número 169 al mencionado partido según lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del 22/04/03. III.- Publíquense edictos por un día, libre de derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la Declaración de Principios y Bases de Acción Política, carta orgánica y la presente resolución. Hágase Saber. Dr. Alfredo Carlos Dato, Presidente. Dr. Antonio Daniel Estofan, Vocal. Dr. Fernando Arturo Juri, Vocal. Bases de Acción Al elaborar el pensamiento político en base a valores tales como Solidaridad y la Igualdad lo que hacemos exponer al hombre como centro de acción:

por ello todas las propuestas y objetivos de nuestro partido están basadas en el actor social., entendiendo así la actividad política como la búsqueda de condiciones para el completo desarrollo de la persona humana, tanto en su fase espiritual como material. Buscamos así el desarrollo de todas y cada uno de los ciudadanos y que permita posibilitarla realización e sus potencialidades. Queremos encontrar una respuesta superadora desde lo político que se presente como una puerta de escape a esta sociedad que nos avasalla constantemente. Nuestros objetivos pueden ser logrados con la participación ciudadana, que es la única base legítima. Nuestra ciudad debe crecer con nuestro esfuerzo. Tratamos de Interpretar las necesidades del pueblo en que vivimos En lo Político:

Defendemos la democracia como una forma de gobierno donde las decisiones de la mayoría en el marco de respeto por las decisiones de la minorías otorgan sustancia, contenido y legitimidad a la decisión política En lo Social:

exaltar los valores como educación cultura, cultivando todas las expresiones artísticas. En Educación poner en marcha planes de capacitación continua en distintos oficios con salida laboral realizando convenios con empresas y comercio del medio. Salud:

poner énfasis en la medicina preventiva mediante continuas clarlas y formación permanente para la comunidad; recuperación del Hospital público, ampliación y remodelación de salas; gratuidad en los medicamentos para desocupados e indigentes; creación de nuevos caps en los distintos centros vecinales. Seguridad:

incremento de control policial en distintas franjas horarias para que el vecino de Lules tenga mayor seguridad, incluidos los días domingos y feriados. Principios Declaramos como principios fundamentales la Solidaridad e Igualdad, somos concientes que en nuestra provincia hay un marcado nivel de desigualdad económica:

por un lado la clase alta con todas las ventajas que ello significa:

tener acceso a todo. En el otro extremo la clase baja, la marginalidad, la pobreza, los asentamientos que carecen de todo. Nuestra meta es tratar de borrar esa línea de absoluta división en base a la solidaridad a una estructura organizada. Vamos a luchar para que todos lo ciudadanos de Lules tengan acceso a la educción, a vivienda, a trabajo, a recreación, entre otras cosas. Nuestra ciudad está ávida de valores, nuestros jóvenes necesitan entrar en el sistema. Para esto necesitamos cultivar la democracia como ëthos" igualitario, como herramienta que permita abrazar criterios de participación sustancial. Se hace necesario recrear un nueva perspectiva para formular la acción política recreando un planteamiento de solidaridad entre los actores sociales que vuelva a priorizar a los ciudadanos de Lules. Título I Denominación y Sede Capítulo Único Art.1:

Bajo la denominación "Ciudadanos Unidos por Lules" constituye en la ciudad de Lules, lugar de sede, el Partido Político que se regirá por las disposiciones de esta Carta Orgánica, Ley 5454 y Régimen Electoral Provincial, éstas últimas regirán especialmente en li no regulado por la Carta Orgánica o vacíos legales.- Título II Afiliados Capítulo Primero:

Afiliados, Derechos y Deberes Art.2:

Para ser afiliado se requiere ser argentino, nativo o por opción, que haya cumplido dieciocho (18) años de edad, y acepten la Declaración de Principios, esta Carta Orgánica, respeten la disciplina partidaria y las Bases de Acción Política del "Partido Ciudadanos Unidos por Lules". La posibilidad de afiliarse se mantiene abierta indefinidamente en el tiempo. La solicitud de afiliación se presenta ante la Junta Vecinal y / o ante la Junta Ejecutiva...

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