RESOLUCIONES 222 / 2019 DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS de 10 de Septiembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor20 de Septiembre de 2019
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2019
Número de Boletín29578
Fecha de Publicación19 de Septiembre de 2019
Número de documento74197

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS. RESOLUCION N° 222/2019-DPJ, del 10/09/2019.-

VISTO:

El Expediente N° 5644/211-A-2018 y agregados, mediante el cual la Entidad denominada "ASOCIACION CIVIL CAMARA DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL DE TUCUMAN (CIAT)", con domicilio legal sito en calle San Martin n° 427- San Miguel de Tucumán, solicita ante este organismo la autorización para funcionar como Persona Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que corre agregada la documentación de trámite pertinente, entre ello el instrumento público constitutivo de la entidad (de Fs. 03 a 05 en doble faz) en expte. N° 4125/211-A-2019 y Estatuto Propio (Fs. 05 a 19) de expediente 6677/211-A-2018.-

Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, legal y Subdirección se han verificado el cumplimiento de los requisitos legales, normativos y formales establecidos.

Que en consecuencia, en virtud de lo dispuesto por el Art. 169 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, Art. 4 Inc. 1, Art. 11 inc. 1 Ley N° 8367 y su modificatoria por Ley 8884 y Dcto. Reglamentario N° 2942/1- FE;

LA DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°

APRUEBESE la constitución y el Estatuto propio de la entidad "ASOCIACION CIVIL CAMARA DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL DE TUCUMAN (CIAT)", con domicilio legal sito en calle San Martin n° 427- San Miguel de Tucumán, en merito a lo precedentemente considerado.

ARTÍCULO 2°

OTORGUESE expresamente a la mencionada Asociación autorización estatal para funcionar y actuar como Persona Jurídica.

ARTICULO 3°

DETERMINESE que el texto del Estatuto obrante de fs. 05 a 19 de expte n° 6677/211-A-2018 y las fotocopias del instrumento constitutivo obrante de fs. 07 a 09 doble faz, de expte. N° 4125/211-A-2019 aprobados por el Art. 1° de la presente serán...

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