RESOLUCIONES 22 / 2014 RESOLUCION SINTETIZADA de 26 de Junio de 2014

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición26 de Junio de 2014
Número de Boletín28314
Fecha de Publicación25 de Julio de 2014
Número de documento40547

JUNTA ELECTORAL TUCUMAN. RESOLUCION N° 22/14 H.J.E.P., del 26/06/2014. --- I.- RECONOCER personería jurídico política a la agrupación “PARTIDO UNION Y PROGRESO SOCIAL” para actuar como partido político en la jurisdicción de la Provincia de Tucumán. II.- OTORGAR el número 446 al mencionado partido según lo dispuesto por el artículo 26 de la ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del 23/04/03. III.- PUBLÍQUENSE edictos por un día, libre de derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la declaración de principios y bases de acción política, carta orgánica y la presente resolución. Hagase Saber. Dr. Antonio Gandur, Presidente. Dr. Luis Augusto De Mitri, Vocal. Leg. Regino Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y BASES DE ACCIÓN POLÍTICA

El Partido Provincial UNIÓN Y PROGRESO SOCIAL, nacido de una autoconvocatoria realizada por ciudadanos residentes en la Provincia de Tucumán, preocupados por el destino de quienes habitamos este suelo, decidieron de común acuerdo darle forma orgánica y jurídica a la constitución de un Partido Político Provincial, enmarcado legalmente en lo dispuesto por la Ley Electoral Provincial N° 5454 y posteriores leyes modificatorias. Declaran los principios, programas y Bases de Acción Política, que a continuación se exponen: 1) El Partido Provincial UNIÓN Y PROGRESO SOCIAL de Tucumán, por intermedio de los afiliados que lo crearon, como así de todos aquellos que se incorporen declaran su reconocimiento, adhesión y efectivo acatamiento de la Constitución Nacional, de la Constitución de la Provincia de Tucumán, de las Normas Jurídicas e Instituciones que de ellas emanan, como pilares esenciales e insustituibles del Orden Institucional y el Sistema Democrático, Representativo , Republicano, Federal y Pluripartidista. Constitución Provincial. Sección I: Art. 5: “El Pueblo tucumano se identifica con los inviolables e inalienables derechos del hombre, como fundamento de la convivencia política, de la paz, de la solidaridad, de la justicia social y del bien común. Toda autoridad pública tiene la obligación de respetar, hacer respetar y proteger la dignidad de la persona y está sujeta a la Constitución y al orden jurídico, etc.” Art. 10: “Los extranjeros son admisibles a todos los puestos públicos, con excepción de los casos en que la Constitución exija la ciudadanía o la nacionalidad, etc.” Art. 24 : “Los habitantes de la Provincia, como habitantes de la Nación Argentina, y al amparo de la Constitución Nacional, tienen todos los derechos que aquélla establece, sin negación ni mengua de otros derechos no enumerados o virtualmente retenidos por el pueblo. El Estado Provincial deberá promover medidas de acción positiva y remover los obstáculos para garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución, la Constitución Nacional, y por los Tratados Internacionales vigentes sobre Derechos Humanos, etc.” 2) Dan forma y cumplimentarán su actividad en el marco de la Ley Provincial N° 6427- Ley Orgánica de los Partidos Políticos en la Provincia de Tucumán, normativas vigentes en la materia y dictará su Carta Orgánica, estableciendo su organización partidaria. 3) Sus integrantes reconocen y sostienen el pleno ejercicio de las libertades, garantías, derechos y obligaciones que emanan de su propia Carta Orgánica Partidaria, en plena concordancia con el punto Número 1 de esta Declaración de Principios, teniendo como máximo e irrenunciable anhelo el bienestar general de la población. 4) La participación democrática de sus afiliados, constituyen el soporte legal y funcional del Partido Provincial UNIÓN Y PROGRESO SOCIAL de Tucumán, asumiendo en consecuencia el compromiso ciudadano de oposición y rechazo a todos aquellos actos que impliquen el ejercicio de la violencia, que ponga en peligro o tienda a sustituir y/o reemplazar autoritariamente el sistema participativo y de amplia expresión vigente. 5) Se considerará la elección de autoridades partidarias y/o candidatos a cargos electivos en el Estado Provincial, como un acontecimiento de gran trascendencia y revitalizador de la vida partidaria, bregando en consecuencia por las más amplias formas de participación democrática, evitando todo tipo de discriminaciones o sectarismos. Art. 31:Todos tienen el derecho de manifestar libremente su propio pensamiento, de palabra, por escrito o mediante otro medio de difusión. La ley no puede dictar medidas preventivas para el uso de esta libertad. 6) Será uno de los objetivos básicos del Partido, la generación de propuestas viables, para la creación de fuentes laborales en la comunidad, con el fin de provocar una mejora en la calidad de vida de ese gran sector activo de la población, dignificándose al hombre con su trabajo, porque honramos el trabajo como fuente de riquezas y dignidad humana, sostenemos y defendemos los siguientes derechos: Derecho de Trabajar, Derecho a una retribución justa, Derecho a condiciones dignas de trabajo, Derecho a la capacitación, Derecho a la seguridad social, Derecho a la preservación de la salud, Derecho de los trabajadores al bienestar, Derecho a la protección familiar, Derecho al mejoramiento económico, Derecho a la jornada limitada, Derecho a la protección contra el despido arbitrario, Derecho al descanso físico y mental, Derecho a la organización gremial libre y democrática y Derecho a igual remuneración por igual tarea. 7) El Partido UNIÓN Y PROGRESO SOCIAL, elaborará propuestas y apoyará firme y decididamente los planes y las acciones tendientes a desarrollar las áreas de ciencia y tecnología en la provincia , municipios y comunas rurales a fin de incorporarse plenamente a los adelantos de los tiempos que vivimos y los desafíos del futuro. 8) El Partido Provincial UNIÓN Y PROGRESO SOCIAL promoverá la reconversión y la diversificación agroindustrial, fomentando emprendimientos asociativos(cooperativas, Agrupaciones de colaboración empresaria, etc) que incorporen tecnología para dar mayor valor agregado a la producción primaria y mejorar los ingresos y condiciones de vida del sector. 9) El partido UNIÓN Y PROGRESO SOCIAL propicia las organizaciones sociales especialmente, cooperativas, mutuales, etc. El origen de estas organizaciones es netamente popular y han sido los propios trabajadores quienes las crearon según las circunstancias y los objetivos a cumplir, pero siempre con el propósito de mejorar la calidad de vida, promoviendo una positiva acción social. 10) Sostenemos el relevamiento socio-económico de la población como método para permitir la elaboración de propuestas serias, que serán enviadas a los organismos pertinentes para su tratamiento. Estas acciones serán la guía para una mejor labor partidaria en las distintas áreas que hacen a la libertad, la justicia y a los derechos imprescriptibles de las personas. Art. 40 :Dentro de la esfera de sus atribuciones, la Provincia procurará especialmente que las personas gocen de los siguientes derechos: 1) A una existencia digna para la concepción con la debida protección del Estado a su integridad psicofísica con la posibilidad de disponer de una igualdad...

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