RESOLUCIONES 16 / 2020 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 3 de Febrero de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Febrero de 2020
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2020
Número de Boletín29674
Fecha de Publicación 6 de Febrero de 2020
Número de documento76501

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 16/20, del 03/02/2020.-

VISTO la medida cautelar ordenada a esta DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS por la Sala IIIa. de la Excma. Cámara Contencioso Administrativo de Tucumán en los autos caratulados “GASMARKET S.A. c/PROVINCIA DE TUCUMAN –D.G.R.- s/INCONSTITUCIONALIDAD.-EXPTE. N° 347/18”, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio recibido en este Organismo en el día de la fecha, la Sala IIIa. de la Excma. Cámara Contencioso Administrativo de Tucumán, ordena a esta Autoridad de Aplicación que suspenda momentáneamente “…la aplicación a la firma Gasmarket S.A. de los regímenes de retención, percepción y recaudación bancaria del Impuesto a los Ingresos Brutos establecidos en las resoluciones generales de la Dirección General de Rentas n° 23/02, n° 86/00 y n° 80/03, hasta cubrir la suma de $8.692.063,06.- (ocho millones seiscientos noventa y dos mil sesenta y tres con seis centavos)”;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Legal y Técnico Tributario;

Por ello, al solo efecto de dar cumplimiento con la medida cautelar citada en el Visto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 y concordantes del Código Tributario Provincial,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Disponer que los agentes designados con encuadre y en el marco de las RG (DGR) Nros. 23/02, 86/00 y 80/03, y sus...

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